RIOS Y LAGOS SpA - 14 de Diciembre de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 972288498

RIOS Y LAGOS SpA

Número de registroCVE-2421713
Fecha de publicación14 Diciembre 2023
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.725
CVE 2421713 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.725 | Jueves 14 de Diciembre de 2023 | Página 1 de 5
Empresas y Cooperativas
CVE 2421713
EXTRACTO
EDUARDO DIEZ MORELLO, Abogado, Notario Público Titular de la 34° Notaría de
Santiago, con oficio en calle Luis Thayer Ojeda 359, Providencia, Santiago. Certifico: Por
escritura pública de fecha 01 de Diciembre de 2023, repertorio N° 20514 - 2023, ante mí, doña
JAVIERA ALEJANDRA SCHMIDT LEICHTLE, chilena, soltera, estudiante, cédula de
identidad número diecinueve millones setecientos noventa mil cuatrocientos ochenta guion uno:
Que, debidamente facultada, como se verá más adelante, viene en reducir a escritura pública
ACTA DE LA SEXTA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE
RIOS Y LAGOS SpA. CELEBRADA CON FECHA 01 DE DICIEMBRE DE 2023, por la cual,
se efectúo un breve resumen de los aspectos legales de la sociedad. Se aprobó otorgar un texto
refundido de los estatutos sociales, el que pasa a quedar de la siguiente forma: PRIMERO:
ESTATUTOS DISPOSICIONES PERMANENTES: ARTICULO PRIMERO: RAZON
SOCIAL.- Se constituye una sociedad por acciones (SpA) con el nombre de AGRÍCOLA RÍOS
Y LAGOS SpA”.- ARTICULO SEGUNDO: DOMICILIO.- Su domicilio será la ciudad de
Puerto Montt, sin perjuicio de establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o el
extranjero.- ARTICULO TERCERO: DURACION.- La duración de la sociedad será de diez
años renovables en forma tácita, sucesiva y por iguales periodos, a menos que los accionistas
determinen lo contrario.- ARTICULO CUARTO: OBJETO. La sociedad tendrá por objeto: a) La
sociedad podrá dedicarse al desarrollo, producción, comercialización, explotación, compra,
venta, exportación, importación de todos los productos derivados de la leche; b) Podrá dedicarse
a la explotación, conservación, comercialización, compra, venta, de todos los productos
derivados de la actividad agrícola, ganadera, agropecuaria, forestal, lo que incluye el
aprovechamiento y consumo de los frutos tanto civiles como naturales, obtenidos del ejercicio de
dichas actividades. c) La explotación de predios agrícolas y la comercialización de productos del
agro en general. Podrá dedicarse a la crianza, engorda y compraventa, por mayor y menor, de
ganado; y toda actividad relacionada, directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro,
con la agricultura y los animales del campo; d) compra, venta y comercialización de maquinaria,
vehículos, equipos, útiles, enseres, herramientas, semillas, abonos, productos químicos y demás
insumos para la agricultura e industria agrícola, importaciones o exportaciones, remates,
licitaciones, parcelaciones, corretajes, comisión, asesorías y servicios técnicos, representaciones,
consignaciones; e) Podrá constituir derechos de aprovechamiento de agua, en todos las formas
establecidas en la Ley, especialmente lo dispuesto en el Código de Aguas. Pudiendo explotar este
recurso natural en todas sus formas, aprovechándose de sus frutos naturales como civiles. A su
vez podrá la sociedad solicitar concesiones mineras, haciendo en conformidad a la Ley,
especialmente lo dispuesto en el Código de Minería. Pudiendo explotar este recurso natural en
todas sus formas, aprovechándose de sus frutos naturales como civiles. f) La comercialización,
compra, venta, arrendamiento, de bienes muebles e inmuebles en general, propios o de terceros.
g) La prestación de servicios de asesoría en materia inmobiliaria. Y, todas aquellas actividades
que los accionistas acuerden.- ARTICULO QUINTO: Queda establecido que aunque ello no
forme parte del objeto específico de la compañía, ésta podrá, para la conservación,
aprovechamiento o incremento de sus haberes, participar en otras sociedades o personas jurídicas
de cualquier naturaleza, tipo y objeto y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a
los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, así
como adquirir otros bienes de cualquiera especie, raíces o muebles, corporales o incorporales,
incluyendo valores mobiliarios, participaciones sociales y cualesquiera otros, conservarlos y
administrarlos con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles y, eventualmente,
enajenarlos o gravarlos con hipotecas, prendas, servidumbres u otros derechos reales o consentir
en cualesquiera limitaciones al dominio, caucionar obligaciones propias o ajenas con garantías
reales o personales y, en fin, realizar toda clase de actos, contratos y negocios que, a juicio
accionistas o del directorio, sean directa o indirectamente necesarios conducentes a la realización

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