RIGOBERTO DONOSO MANTENCIÓN Y MONTAJES SpA 76.466.360-8 - 25 de Junio de 2022 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 906728453

RIGOBERTO DONOSO MANTENCIÓN Y MONTAJES SpA 76.466.360-8

Número de registroCVE-2148296
Fecha de publicación25 Junio 2022
SecciónEmpresas y Cooperativas
Número de Gaceta43.287
CVE 2148296 |Director Interino: Jaime Sepúlveda O.
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 43.287 | Sábado 25 de Junio de 2022 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 2148296
EXTRACTO
PABLO MARTINEZ LOAIZA, Notario Público Valparaíso, Prat 856, certifica, por
escritura pública de fecha 22 de junio de 2022, ante mí: Don RAÚL ALBERTO ORDENES
SANDOVAL, cédula nacional de identidad 13.650.888-1, domiciliado en Esmeralda 1074,
oficina 1107, Valparaíso, redujo a escritura pública “Acta Junta Extraordinaria de Accionistas”,
de la sociedad “RIGOBERTO DONOSO MANTENCIÓN Y MONTAJES SpA” o “DG
MANTENCIÓN Y MONTAJES SpA”, celebrada con fecha 13 de junio de 2022, inscrita a fs
1260, Nº 960, Registro de Comercio Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año
2019, en que modificaron sus estatutos. Por consiguiente se modificó el artículos DÉCIMO, del
estatuto de la sociedad, reemplazándolo por el siguiente: Artículo Décimo: PATRIMONIO:
ADMINISTRACIÓN: La administración la ejercerá un administrador que -para todos los
efectos- será don RIGOBERTO DONOSO ARIAS, chileno, casado, contratista, cédula nacional
de identidad número cinco millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ochocientos cuarenta y
cinco guión cero, quien representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad, y para el
cumplimiento del objeto social, estará investido de todas las facultades de administración y
disposición que la Ley o estos Estatutos le otorgan, aun las que se establezcan como privativas de
la Junta de Accionistas. No será necesario ni requisito esencial, que el administrador sea
ratificado por la Junta de Accionistas. El administrador aparte de las atribuciones especiales que
le confieren los estatutos, tendrá las obligaciones siguientes: a) Presidir las Juntas de Accionistas;
b) Velar por el fiel cumplimiento de los acuerdos de las Juntas de Accionistas, de los Estatutos y
de las normas legales y reglamentarias aplicables a esta clase de sociedades; c) Citar las Juntas
de Accionistas en las oportunidades que indican los Estatutos; y, d) Supervisar directamente el
desempeño de los Gerentes. Se acordó que el administrador y representante legal ejercerá todas y
cada una de las facultades de administración señaladas en el artículo décimo primero, que se
mantiene sin modificación en lo ya estipulado. Demás estipulaciones escritura extractada.
Valparaíso 22 de junio de 2022.

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