Reveco - Soletanche Bachy Chile SpA - 15 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 866125429

Reveco - Soletanche Bachy Chile SpA

Número de registroCVE-1904327
Fecha de publicación15 Marzo 2021
SecciónPublicaciones Judiciales
Número de Gaceta42.905
CVE 1904327 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N°19.799 e incluye sellado de tiempo y firma electrónica
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública III
SECCIÓN
JUICIOS DE QUIEBRA, MUERTES PRESUNTAS, CAMBIOS DE NOMBRE Y RES. VARIAS
Núm. 42.905 | Lunes 15 de Marzo de 2021 | Página 1 de 2
Publicaciones Judiciales
CVE 1904327
NOTIFICACIÓN
Juzgado de Letras del Trabajo de Rancagua, RIT O-186-2018, Ruc 18-4-0093075-5,
caratulada “REVECO CON SOLETANCHE BACHY CHILE SPA.” F. Ing.: 16/03/2018.
RESOLUCIÓN: Rancagua, diez de febrero de dos mil veintiuno. A lo principal: Como se pide,
encontrándose las demandadas Axis S.A. y Antolin Cisternas y Cía. S.A. debidamente
emplazadas en estos autos, notifíqueseles mediante carta certificada. Al primer otrosí: Téngase
presente y por reiterado el domicilio de las demandadas Constructora Montcocol S.A. (también
llamada constructora BTP S.A.) y Proingeo S.P.A. (Antes PROINGEO E.I.R.L.), ambas
representadas por don Fernando Eugenio Poblete Asenjo, ubicado en Condominio Parque
Colonial, Parcela 28, Comuna de Calera Tango, Región Metropolitana, para su debida
notificación. Al segundo otrosí: Téngase por reiterado el domicilio de la demandada Sociedad
Concesionaria Túnel El Melón S.A, representada indistintamente por don Sergio Merino Gómez,
don Cristóbal Andrés Gevert Reinhardt y/o don Hugo Vera Vengoa, ubicado en Puerta del Sol Nº
55, Oficina 31-32, comuna de Las Condes, para su debida notificación. Al tercer otrosí: Como se
pide a la notificación por aviso solicitada respecto de las demandadas Delta Ingeniería y
Construcción S.A. (También Denominada Delta Constructora S.A.) y Montcocol S.A Chile, ya
ordenada por resolución de fecha 6 de agosto de 2020. Al cuarto otrosí: Cítese a las partes a
audiencia preparatoria para el día 31 de marzo de 2021, a las 11:10 horas, en las dependencias de
este Tribunal, ubicado en calle Lastarria Nº 410 de esta ciudad, la que se celebrará con la parte
que asista, afectándole a aquella que no concurra todas las resoluciones que se dicten en ella, sin
necesidad de ulterior notificación. Frente a la emergencia sanitaria, derivada de la presencia en
nuestro país del COVID-19 y de mantenerse el Estado de Catástrofe y/o Alerta Sanitaria, se
informa a las partes que la audiencia preparatoria fijada en autos, se llevará a cabo a través de la
plataforma informática “Zoom” u otra vía telemática, que oportunamente será informada a las
partes, a menos que alguna parte se oponga a la celebración de la misma por motivos fundados,
lo que deberá exponer dentro de tercer día hábil de notificada la presente resolución. Las partes
deberán informar dentro del mismo plazo, el correo electrónico para recibir la invitación y
conectarse a la video conferencia y un número de teléfono para realizar la coordinación previa si
es necesario. La parte demandada deberá contestar la demanda por escrito con, a lo menos, cinco
días (completos) de antelación a la fecha de celebración de la audiencia preparatoria. Se hace
presente a las partes que en la referida audiencia deberán señalar al Tribunal todos los medios de
prueba que pretendan hacer valer en la audiencia de juicio, como también requerir las diligencias
que sean atingentes a sus alegaciones, para que se examine su admisibilidad. En caso de ofrecer
prueba documental, ésta deberá ofrecerse y exhibirse en la referida audiencia preparatoria. De
celebrarse la audiencia preparatoria vía telemática, el registro electrónico o copia digital de los
documentos ofrecidos como prueba deberá incorporarse vía Oficina Judicial Virtual (OJV),
exceptuándose aquellos documentos que por su naturaleza no sean susceptibles de registro
electrónico, con a lo menos 3 días de antelación a la audiencia preparatoria. Asimismo, las partes
podrán concurrir por intermedio de mandatario, el que se entenderá de pleno derecho facultado
para transigir, sin perjuicio de la asistencia obligatoria de su abogado. Se hace presente que las
partes en la Audiencia de Juicio deberán acompañar materialmente los documentos ofrecidos en
la Audiencia Preparatoria. Notifíquese por correo electrónico a la parte demandante y a las
demandadas BROTEC S.A., INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES MAS ERRAZURIZ
LTDA., ZUBLIN CHUQUICAMATA S.P.A., CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE
CHILE - DIVISIÓN ANDINA, CORPORACIÓN NACIONAL DEL COBRE DE CHILE
DIVISIÓN EL TENIENTE, COEUR SOUTH AMERICA. AGENCIA EN CHILE, mediante sus
apoderados. Notifíquese la presente resolución a las demandadas AXIS S.A. Y ANTOLIN
CISTERNAS Y CÍA. S.A., mediante carta certificada. Notifíquese la presente resolución a las
demandadas Delta Ingeniería y Construcción S.A. y Montcocol S.A. Chile, conforme a lo
dispuesto en el artículo 439 del Código del Trabajo, esto es, mediante una publicación en el

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