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Resolucion núm. 126 EXENTA, el 14 de Junio de 2006. ESTABLECE RESTRICCION VEHICULAR A BUSES URBANOS EN VIAS DE LA CIUDAD DE CONCEPCION

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESTABLECE RESTRICCION VEHICULAR A BUSES URBANOS EN VIAS DE LA CIUDAD DE CONCEPCION

Núm. 126 exenta.- Concepción 9 de junio de 2006.- Visto: Lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República de Chile; la Ley N° 18.059; los artículos 113º y 118º de la Ley Nº 18.290, de Tránsito; el Decreto Supremo Nº 255 del año 1981; Resoluciones Nº 59 de 1985 y Nº 39 de 1992, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el informe Evaluación de la Reducción de Frecuencia del Transporte Público en Concepción (Abril 2006), proporcionado por Sectra Área Sur

Considerando:

  1. Que, el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir por causa justificada la circulación de todo vehículo o tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, como una excepción al derecho que tiene los conductores al transitar en sus vehículos.

  2. Que, según el análisis "Evaluación de la Reducción de Frecuencia del Transporte Público en Concepción (Abril 2006) todas las evaluaciones realizadas por Sectra Área Sur desde marzo de 2004, concluyen que, en general, es conveniente aplicar la restricción al transporte público, ya que la capacidad ofrecida por los operadores es mayor a la demandada y una restricción a ella no afecta en forma significativa los niveles de servicio que perciben los usuarios.

  3. Que, el citado análisis expresa que "En abril del 2006 se realizaron nuevas mediciones las cuales arrojaron resultados coincidentes con los anteriores...."

  4. Que, entonces resulta conveniente adoptar una medida que permita reducir la masiva circulación de estos vehículos, ya que incide en saturar las vías de la ciudad conllevando en mayores tiempos globales de circulación, generándose con ello externalidades negativas para todo el sistema de transporte de la ciudad de Concepción.

  5. Que en consecuencia existen causas justificadas en los términos del artículo 118 de la Ley 18.290, que hacen altamente conveniente adoptar una medida de restricción de circulación de los buses urbanos en la ciudad de Concepción.

Resuelvo:

  1. Establécese, bajo la supervisión de esta Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones, a partir del 14 de Junio de 2006 y hasta el 09 de Enero de 2007, la prohibición de circulación de buses de transporte público urbano remunerado de pasajeros, a contar de las 06.30 horas y hasta las 24.00 horas, de lunes a sábado, excepto feriados, de acuerdo...

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