RESTAURANTE PERUANO LIMITADA
Fecha de publicación | 11 Julio 2020 |
Número de registro | CVE-1784659 |
Sección | Empresas y Cooperativas |
Número de Gaceta | 42.703 |
CVE 1784659 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública V
SECCIÓN
CONSTITUCIONES, MODIFICACIONES Y DISOLUCIONES DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
Núm. 42.703 | Sábado 11 de Julio de 2020 | Página 1 de 1
Empresas y Cooperativas
CVE 1784659
EXTRACTO
ELIAS JARUFE ROJAS, Notario Titular 47. Notaría Santiago, Av. Pedro de Valdivia 3317,
certifico que por escritura de hoy, ante mí, señores ROONY KIRK EGUSQUIZA GARCIA,
domiciliado en esta ciudad, calle San Isidro número cuatrocientos sesenta y ocho, departamento
cuatrocientos nueve, comuna Santiago, y SHAOLONG LI, domiciliado en esta ciudad, calle
Ignacio Carrera Pinto número tres mil setecientos setenta y siete, Comuna Ñuñoa, Santiago,
constituyeron sociedad comercial responsabilidad limitada bajo razón social: RESTAURANTE
PERUANO LIMITADA, pudiendo usar nombre fantasía MACHU PICHU LA SERENA.
Objeto: será la instalación, construcción y explotación de establecimientos de restaurantes, bares,
centro de eventos, o cualquier clase de establecimientos donde se sirvan comidas preparadas y
bebidas alcohólicas ó analcohólicas, para ser consumidas en el mismo local o para llevar; la
organización de servicios de banquetes y eventos en locales propios o ajenos, la elaboración,
fabricación, manipulación, comercialización y/o distribución por cuenta propia o ajena, de
cualquier clase de alimentos para el consumo humano, perecibles o no, abarrotes y/o mercancías
en general, al por mayor o al detalle, en tiendas, almacenes, bodegas o establecimientos de la
propia Sociedad ó de terceros; y, en general, todo otro objeto lícito que los socios acordaren en el
futuro, dentro del giro de restaurantes y gastronomía. Asimismo la sociedad se podrá dedicar a
toda otra actividad económica relacionada o no con el objeto señalado. Administración y uso
razón social corresponderá a ambos socios, conjuntamente. Capital: $10.000.000 enterado por
socios en caja social como sigue: a) ROONY KIRK EGUSQUIZA GARCIA, $6.000.000,
equivalentes al 60% del capital y de los derechos sociales; y b) SHAOLONG LI, $4.000.000,
equivalentes al 40% del capital y de los derechos sociales, ambos en dinero efectivo ya
ingresados en arcas sociales. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Duración
5 años contados desde la fecha de escritura, renovable tácita y sucesivamente por períodos
iguales, salvo algún socio manifestare ponerle término mediante escritura pública anotada en el
Registro Comercio con anticipación de 6 meses vencimiento al plazo o período en vigencia.
Domicilio: La Serena, sin perjuicio establecer agencias o sucursales en otros puntos del país o
extranjero. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 02 de julio de 2020.-
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