Responsabilidad por fraudes de tarjetas - 10 de Enero de 2024 - El Mercurio - Noticias - VLEX 974197871

Responsabilidad por fraudes de tarjetas

La equivocada solución legal de haber llevado al extremo la limitación de responsabilidad de los usuarios de tarjetas de crédito, débito, prepago, transferencias, y de similares medios de pago electrónicos, ha derivado en facilidades para cometer delitos, amenazas a los trabajadores bancarios y pérdidas significativas para esas instituciones financieras y otros emisores. Ello, además de encarecer estas transacciones, dificultar la bancarización y la modernización de los pagos y, por último, favorecer el manejo irresponsable por parte de los tenedores de las tarjetas, al extremo de volver prácticamente indiferente el dar o no aviso de su hurto, robo o extravío y, en general, el cuidar por su correcto uso. El tema está siendo abordado por la comisión de Hacienda del Senado, en el marco de la tramitación de un proyecto del Ejecutivo que busca combatir el sobreendeudamiento. En este contexto, representantes del sector bancario así como de la Comisión para el Mercado Financiero han planteado la necesidad de modificar la actual normativa antifraudes. Elocuente fue el presidente de BancoEstado, quien alertó del "importante daño patrimonial" que estaría sufriendo esa entidad -y por lo tanto el fisco- producto de los abusos en esta materia, pero el problema se extiende a todo el sector bancario.En efecto, las pérdidas y fraudes por este concepto son alarmantes: según cifras de la Asociación de Bancos, han escalado al equivalente a 350 millones de dólares anuales en 2023, en gran parte, por fraudes que enriquecen a criminales y a bandas organizadas, sirven al lavado de dinero, amagan la mantención de cuentas rut y digitales de millones de usuarios, y presionan para volver a retrógrados, costosos y dilatados procedimientos en los sistemas de pago.La raíz del problema es haber limitado a la culpa grave la responsabilidad de los titulares de las tarjetas y pagos, exigiendo a las instituciones emisoras reembolsarles en pocos días y a todo evento parte de las transacciones que desconozcan, y el resto en un plazo adicional, a menos que prueben el dolo, es decir, la intención positiva de causar daño por los titulares a los emisores.Habiendo recibido el cliente el...

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