Resolución de prohibición sobre adquisición de control en Colmena Salud S.A. por parte de Nexus Chile SpA., 03-02-2022 - Doctrina Administrativa - VLEX 896566251

Resolución de prohibición sobre adquisición de control en Colmena Salud S.A. por parte de Nexus Chile SpA., 03-02-2022

Fecha03 Febrero 2022
Fecha de publicación10 Febrero 2022
Tipo de AsuntoConcentraciones o Integraciones
1
Santiago, 3 de febrero de 2022
VISTOS:
1. El documento de fecha 12 de abril de 2021, ingreso correlativo N°8.241 2021
Notificación Fiscalía FNE
operación de concentración Operación consistente en la eventual adquisición de
Colmena
NMV
Partes
2. La resolución de inicio dictada por esta Fiscalía con fecha 26 de abril de 2021, que
instruyó investigación bajo el rol FNE F271- Investigación
procedimiento dispuesto en el Título IV del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004,
del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, y sus modificaciones
DL 211
3. Los antecedentes que constan en el expediente de la investigación correspondiente
al Rol FNE F71 2021.
4. La resolución dictada por esta Fiscalía con fecha 8 de junio de 2021, en virtud de la
cual se extendió la Investigación hasta por un plazo de 90 días adicionales, por
considerar que la Operación podía reducir sustancialmente la competencia, de
acuerdo a lo dispuesto en el artículo 54, letra c) del DL 211.
5. El informe y presentación que la División de Fusiones envió a las Partes con fecha 8
de octubre de 2021, mediante los cuales se les comunicó los riesgos que la Operación
podría producir para la competencia, en los términos del artículo 53 inciso primero del
DL 211, y el análisis de la FNE respecto de la Presentación de Eficiencias de las
Partes según se define más adelante que se expuso y presentó a las Partes con
Informe de Riesgos
6. Los argumentos expuestos por las Partes y, especialmente, las siguientes
presentaciones: (i) el escrito de fecha 19 de junio de 2021, correlativo ingreso
N°10.502-21, sobre la Ley N°21.350; (ii) el escrito de fecha 30 de julio de 2021,
correlativo ingreso N°11.307-21, en que las Partes acompañaron antecedentes sobre
planes médicos; (iii) el escrito de fecha 6 de septiembre de 2021, ingreso correlativo
N°11.882-21, donde las Partes acompañaron argumentos relativos a la entrada en
vigencia de la Ley N°21.350 (los (i) y (iii), en adelante Presentación Ley N°21.350
(iv) el escrito de fecha 13 de septiembre de 2021, ingreso correlativo N°12.003 21,
que acompañó
Eficiencias de la Operación de Concentración Horizontal Entre Isapre Nueva Masvida
Presentación de Eficiencias (v) la presentación de fecha 23
de septiembre de 2021, ingreso correlativo N°12.117-21, donde las Partes
acompañaron argumentos sobre planes en comercialización; (vi) la presentación de
fecha 21 de octubre de 2021, sin correlativo, donde acompañan argumentos respecto
del Informe de Riesgos de fecha 8 de octubre de 2021; (vii) la presentación de fecha
22 de octubre de 2021, sin correlativo, donde acompañan antecedentes económicos
respecto al Informe de Riesgos antedicho; (viii) el informe presentado por las Partes
con fecha 16 de diciembre de 2021, ingreso correlativo N°17.508 21, sobre la
factibilidad legal de reducir la cartera de afiliados; (ix) la presentación de fecha 21 de
diciembre de 2021, ingreso correlativo 18.571-21, que acompaña antecedentes
respecto a una eventual desinversión; (x) la presentación de las Partes de fecha 12
de enero de 2022, ingreso correlativo N°18.924 22, relativo a la posible incorporación

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