Resolución número 7, de 2023.- Modifica resolución N° 11, de 2019
Fecha de publicación | 03 Abril 2023 |
Número de registro | CVE-2294387 |
Sección | Normas Generales |
Emisor | MINISTERIO DE EDUCACIÓN |
Número de Gaceta | 43.518 |
CVE 2294387 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.518 | Lunes 3 de Abril de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2294387
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subsecretaría de Educación
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 11, DE 2019, DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EN
LA FORMA QUE SE INDICA
(Resolución)
Núm. 7.- Santiago, 8 de febrero de 2023.
Considerando:
Que, la ley N° 21.516, de Presupuestos del Sector Público correspondiente al año 2023, en
su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02, Subtítulo 24, Ítem 02, Asignación 051, Glosa 02
consigna recursos para el "Fondo de Apoyo a la Educación Pública-Servicios Locales".
Que, por su parte, ese mismo cuerpo legal, en su Partida 09, Capítulo 17, Programa 02,
Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 051, Glosa 03, contempla recursos para el "Fondo de Apoyo a
la Educación Pública".
Que, la Glosa 02, antes mencionada, señala que estos recursos tienen por finalidad colaborar
en el funcionamiento del servicio educacional que entregan los Servicios Locales de Educación
Pública, para ser utilizados exclusivamente en el financiamiento de aquellas acciones propias de
la entrega de dicho servicio y su mejoramiento, y en la revitalización de los establecimientos
educacionales. Estos recursos podrán destinarse para los fines y obligaciones financieras del
ámbito educativo que se requieran para asegurar el funcionamiento del servicio educativo y serán
considerados como ingresos propios del sostenedor.
Que, la Glosa 03, ya citada, indica que estos recursos tienen por finalidad colaborar en el
funcionamiento del servicio educacional que entregan las municipalidades, ya sea en forma
directa o a través de corporaciones municipales, para ser utilizados exclusivamente en el
financiamiento de aquellas acciones propias de la entrega de dicho servicio y su mejoramiento, y
en la revitalización de los establecimientos educacionales. Asimismo, estos recursos también
podrán destinarse al equipamiento, mejoramiento y mantención de infraestructura en los
establecimientos de educación parvularia en su modalidad Vía Transferencia de Fondos (VTF).
En dicho caso la Dirección de Educación Pública tendrá que determinar, en coordinación con la
Subsecretaría de Educación Parvularia y la Junta Nacional de Jardines Infantiles, los criterios de
focalización de estos recursos, que considerarán al menos la oferta de establecimientos en la zona
geográfica, lo que deberá incluirse en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación,
y sus modificaciones, lo que fue coordinado mediante los oficios que a continuación se señalan.
Que, a través del oficio ord N° 80/2023, de 2023, de la Subsecretaria de Educación
Parvularia, esta señala que se ratifican los criterios de focalización señalados en la resolución N°
11, de 2019, del Ministerio de Educación y sus modificaciones. En el mismo sentido, a través del
oficio ord N° 15/208, de 2023, del Vicepresidente Ejecutivo (S) de la Junta Nacional de Jardines
Infantiles (Junji), se indica que se considera pertinente mantener los criterios de focalización
acordados para el fondo.
Que, de acuerdo a lo que indican las glosas ya referidas, los usos específicos en que se
emplearán los recursos y las formas, procedimientos de entrega y rendición de estos, son los
establecidos en la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, y sus modificaciones,
la que debe incorporar a su vez, los cambios de cifras dispuestos en la ley de presupuestos
vigente.
Que, a través del oficio ord. N° 270, de 2023, de la Directora de Educación Pública (S), que
solicita la modificación de la resolución N° 11, de 2019, del Ministerio de Educación, y de
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