Resolución número 523, de 2020.- Complementa resolución N° 361 exenta, de 2020, que establece medidas sanitarias - 4 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852424497

Resolución número 523, de 2020.- Complementa resolución N° 361 exenta, de 2020, que establece medidas sanitarias

Número de registroCVE-1811239
Fecha de publicación04 Septiembre 2020
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Número de Gaceta42.748
CVE 1811239 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.748 | Viernes 4 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 2
Normas Generales
CVE 1811239
MINISTERIO DE SALUD
Secretaría Regional Ministerial XI Región de Aysén
COMPLEMENTA RESOLUCIÓN 361/2020 DE ESTA SEREMI, QUE ESTABLECE
MEDIDAS SANITARIAS
(Resolución)
Núm. 523.- Coyhaique, 28 de agosto de 2020.
Vistos:
Las facultades que me confiere el DFL N° 1 del año 2005, del Ministro de Salud, que fija el
texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto de ley N° 2.763 del año 1979 y de las
leyes N° 18.933 y N° 18.469; DS N° 136/2004 del Ministerio de Salud; decreto N° 4/2020 del
Ministerio de Salud que decreta alerta sanitaria por el periodo que se señala y otorga facultades
extraordinarias que indica y sus modificaciones; decreto supremo N° 104 Estado de Excepción
Constitucional de Catástrofe por Calamidad Pública en el Territorio de Chile; decreto supremo
N° 52/2018 del Ministerio de Salud de Chile que designa a esta Seremi de Salud; y la resolución
exenta N° 7 de 2019 de la Contraloría General de la República;
Considerando:
1. Que, esta Seremi de Salud mediante resolución exenta N° 361 de fecha 31.05.2020 y 436
de fecha 10.07.2020, dispuso medidas de resguardo en contexto Covid-19, para la población de
Aysén, ordenando cuarentena obligatoria por 14 días desde la fecha de ingreso, a todas las
personas que ingresen a la Región de Aysén, sea por vía marítima, terrestre o aérea, agregando el
numerando 2 de la parte resolutiva que: "Exceptúense de esta cuarentena, las personas que
vengan a cumplir funciones en materias de servicios de salud, servicios de emergencias o que
presten servicios a empresas, cuyo mandante sea el Estado de Chile, Municipio o empresas que
deben mantener cadena productiva, debiendo acreditar dicho antecedente. Esto, sin perjuicio de
lo indicado en la resolución exenta N° 341, de fecha 12 de mayo de 2020, en su Título 4°,
numeral 12, letra e y numeral 14. Esto en relación al decreto N° 4, artículo 3°, numerales 1, 7, 9,
13 y artículo 8° del Código Sanitario."
2. Que con la finalidad de garantizar el no ingreso a la Región de Aysén, de personas
contagiadas por el virus Covid-19 y que se encuentren considerados en el numeral 2, de la
resolución exenta 361, de fecha 21.05.2020, es del todo necesario que estas personas deben tener
un examen negativo de PCR para Covid-19, resultado que no podrá exceder de 72 horas, contado
desde la toma de muestra para PCR, es decir desde el momento en que se hace el hisopado para
PCR.3. Que, sin perjuicio de lo anterior, la situación epidemiológica del brote de Covid-19 en la
Región de Aysén se encuentra en pleno desarrollo, por lo que es necesario actualizar, en breves
plazos, las medidas de resguardo sanitarias que se disponen para el control regional, de la
emergencia descrita.
4. Que, por lo señalado anteriormente y en uso de las facultades que me confiere la ley,
dicto la siguiente:

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