Resolución número 52, de 2020.- Ejecuta Acuerdo de Consejo Nº 3.081, de 2020, que deja sin efecto Acuerdos de Consejo N° 2.738, de 2012, y Nº 2.819, de 2014, y aprueba normas por las que deberá regirse el Comité de Emprendimiento y aprueba reglamento de dicho Comité - 28 de Noviembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852417707

Resolución número 52, de 2020.- Ejecuta Acuerdo de Consejo Nº 3.081, de 2020, que deja sin efecto Acuerdos de Consejo N° 2.738, de 2012, y Nº 2.819, de 2014, y aprueba normas por las que deberá regirse el Comité de Emprendimiento y aprueba reglamento de dicho Comité

Fecha de publicación28 Noviembre 2020
Número de registroCVE-1857113
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta42.817
CVE 1857113 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.817 | Sábado 28 de Noviembre de 2020 | Página 1 de 4
Normas Generales
CVE 1857113
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Corporación de Fomento de la Producción
EJECUTA ACUERDO DE CONSEJO Nº 3.081, DE 2020, QUE “DEJA SIN EFECTO
ACUERDOS DE CONSEJO Nº 2.738 DE 2012 Y Nº 2.819, DE 2014; Y APRUEBA
NORMAS POR LAS QUE DEBERÁ REGIRSE EL ‘COMITÉ DE
EMPRENDIMIENTO’”; Y APRUEBA REGLAMENTO DE DICHO COMITÉ
(Resolución)
Núm. 52.- Santiago, 3 de julio de 2020.
Visto:
La Ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con
fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la
Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por
decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; el artículo 3º de la Ley Nº
19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los
Órganos de la Administración del Estado, que dispone que las decisiones de los órganos
administrativos colegiados deben ejecutarse o llevarse a efecto mediante la dictación de una
resolución de la autoridad ejecutiva correspondiente; el decreto Nº 93, de 2019, del Ministerio de
Economía, Fomento y Turismo, que nombra Vicepresidente Ejecutivo de Corfo; y lo establecido
en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre
exención del trámite de toma de razón.
Considerando:
1. Que, el artículo 7º del DFL Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, establece que
"el Consejo de la Corporación podrá designar, de entre sus miembros, comisiones de carácter
permanente para el estudio de los proyectos de acuerdo que el mismo deba conocer, con el objeto
de realizar los fines de la Corporación (...) El Consejo podrá, asimismo, delegar en el
Vicepresidente Ejecutivo, y a petición de éste, en otros funcionarios de la Institución o en
Comités cuyos miembros podrán tener la calidad de Consejeros, de funcionarios de la
Corporación o de personas extrañas a ella, que el propio Consejo designará, el conocimiento y
resolución de materias determinadas".
2. Que, por Acuerdo de Consejo Nº 2.738, de 2012, modificado por el Acuerdo de Consejo
Nº 2.819, de 2014, se creó el "Comité de Emprendimiento", en el que fueron delegadas
atribuciones vinculadas con la Gerencia de Emprendimiento de Corfo, Acuerdos que fueron
ejecutados por las resoluciones (A) Nº 379, de 2012 y Nº 40, de 2014, ambas de la Corporación,
respectivamente.
3. Que, por Acuerdo de Consejo Nº 3.071, de 2020, ejecutado por la resolución (E) Nº 547,
de 2020, de Corfo, se fijó nuevo texto sobre Organización y Descripción General de Funciones y
Coordinación de la "Corporación de Fomento de la Producción".
4. Que, en virtud del nuevo organigrama de Corfo, las funciones que a la fecha desarrollaba
la Gerencia de Emprendimiento serán asumidas por dos Gerencias, correspondiendo a la
"Gerencia de Emprendimiento", las tareas de facilitar la puesta en marcha y desarrollo de nuevas
empresas, a través de programas, instrumentos y otras acciones que apoyen el financiamiento,
crecimiento e internacionalización de los emprendimientos nacionales; así como también el
fomento y potenciamiento de ecosistemas de emprendimiento a través de programas,
instrumentos y otras acciones que fortalezcan los ecosistemas regionales, aumenten las redes y

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