Resolución número 48, de 2020.- Modifica resolución (A) Nº 103, de 2018, que aprobó el Reglamento del Programa de Cobertura para Créditos Destinados al Fomento del Comercio Exterior - 11 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 852417080

Resolución número 48, de 2020.- Modifica resolución (A) Nº 103, de 2018, que aprobó el Reglamento del Programa de Cobertura para Créditos Destinados al Fomento del Comercio Exterior

Fecha de publicación11 Septiembre 2020
Número de registroCVE-1812730
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta42.754
CVE 1812730 |Director: Juan Jorge Lazo Rodríguez
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: +562 2486 3600 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 42.754 | Viernes 11 de Septiembre de 2020 | Página 1 de 9
Normas Generales
CVE 1812730
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Corporación de Fomento de la Producción
MODIFICA RESOLUCIÓN (A) Nº 103, DE 2018, DE CORFO, QUE APROBÓ EL
"REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE COBERTURA PARA CRÉDITOS
DESTINADOS AL FOMENTO DEL COMERCIO EXTERIOR - COBEX"
(Resolución)
Núm. 48.- Santiago, 25 de junio de 2020.
Visto:
La ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con
fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la
Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por
decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; la ley Nº 19.880, que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; y lo establecido en las resoluciones Nº 7 y Nº 8, de 2019, ambas de la
Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de
razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a
controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.
Considerando:
1. Que, mediante acuerdo de Consejo Nº 2.625, de 2010, modificado por los acuerdos de
Consejo Nº 2.651, de 2010, Nº 2.678, de 2011; Nº 2.772, de 2013; y Nº 2.954, de 2017; se
aprobó el "Programa de Cobertura para Créditos Destinados al Fomento del Comercio Exterior",
denominado "Cobex". El Reglamento vigente es el aprobado por resolución (A) Nº 103, de 2018,
de Corfo.
2. Que, por resolución (A) Nº 36, de 2020, de Corfo, se modifica transitoriamente el
Reglamento antes citado.
3. Que, el numeral 10º del acuerdo de Consejo Nº 2.625, de 2010, ya citado, faculta al
Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación para determinar las demás condiciones y
definiciones, requisitos, procedimientos, derechos y obligaciones, y, en general, las normas que
resulten necesarias para la operación de la cobertura, quien podrá modificarlas cuando considere
necesario.
4. Que, en ejercicio de la facultad referida en el numeral precedente, y producto de la
operación del mencionado instrumento de cobertura, y en el proceso operativo con los
Intermediarios Financieros, se adecuarán algunos aspectos reglamentarios, de modo de aclarar el
sentido y alcance de algunos aspectos de aplicación de la cobertura antes señalada y así como
para simplificar su operatoria, facilitando, por tanto, su uso.
Resuelvo:
1º Modifícase la resolución (A) Nº 103, de 2018, de Corfo, que aprobó el texto refundido
del Reglamento del "Programa de Cobertura para Créditos Destinados al Fomento del Comercio
Exterior - Cobex", en los términos que siguen:

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