Resolución número 47, de 2023.- Modifica resolución N° 29, de 2016; que Ejecuta Parcialmente Acuerdo de Comité Ejecutivo de Créditos N° 28.526, de 2015; modificado por Acuerdo de Comité Ejecutivo de Créditos N° 28.551, de 2016; sobre creación de Normas Operativas del Crédito Concentración Solar Térmico de Potencia (Crédito Solar CSP) en el marco del Programa de Refinanciamiento Corfo Fomento de la Energía Solar en Chile y aprueba Normas Operativas del Crédito Concentración Solar Térmico de Potencia (Crédito Solar CSP) - 29 de Junio de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 936217209

Resolución número 47, de 2023.- Modifica resolución N° 29, de 2016; que Ejecuta Parcialmente Acuerdo de Comité Ejecutivo de Créditos N° 28.526, de 2015; modificado por Acuerdo de Comité Ejecutivo de Créditos N° 28.551, de 2016; sobre creación de Normas Operativas del Crédito Concentración Solar Térmico de Potencia (Crédito Solar CSP) en el marco del Programa de Refinanciamiento Corfo Fomento de la Energía Solar en Chile y aprueba Normas Operativas del Crédito Concentración Solar Térmico de Potencia (Crédito Solar CSP)

Número de registroCVE-2336980
Fecha de publicación29 Junio 2023
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Número de Gaceta43.588
CVE 2336980 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.588 | Jueves 29 de Junio de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2336980
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Corporación de Fomento de la Producción
Gerencia de Inversión y Financiamiento
MODIFICA RESOLUCIÓN (A) N° 29, DE 2016; QUE EJECUTA PARCIALMENTE
ACUERDO DE COMITÉ EJECUTIVO DE CRÉDITOS N° 28.526, DE 2015;
MODIFICADO POR ACUERDO DE COMITÉ EJECUTIVO DE CRÉDITOS N° 28.551,
DE 2016; SOBRE CREACIÓN DE NORMAS OPERATIVAS DEL “CRÉDITO
CONCENTRACIÓN SOLAR TÉRMICO DE POTENCIA (CRÉDITO SOLAR CSP)” EN
EL MARCO DEL PROGRAMA DE REFINANCIAMIENTO CORFO “FOMENTO DE
LA ENERGÍA SOLAR EN CHILE” Y APRUEBA NORMAS OPERATIVAS DEL
“CRÉDITO CONCENTRACIÓN SOLAR TÉRMICO DE POTENCIA (CRÉDITO
SOLAR CSP)”
(Resolución)
Núm. 47.- Santiago, 16 de mayo de 2023.
Visto:
La ley N° 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con
fuerza de ley N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la
Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por
decreto supremo N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía; la Ley N° 19.880, que Establece
Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado; la resolución TRA N° 58/4/2023, que nombra en carácter de titular
en el cargo de Gerente de Inversión y Financiamiento de la Corporación a Francisco Meneses
Ponzini; y lo establecido en las resoluciones N° 7, de 2019 y N° 14, de 2022, ambas de la
Contraloría General de la República, que fijan, respectivamente, las normas sobre exención del
trámite de toma de razón y los montos de los actos que deben cumplir con dicho trámite y los
controles de reemplazo.
Considerando:
1. En el marco del Programa de Refinanciamiento Corfo "Fomento de la Energía Solar en
Chile", se establecieron las Normas Operativas del "Crédito Concentración Solar Térmico de
Potencia (Crédito Solar CSP)" cuyas Normas Operativas fueron aprobadas por resolución (A) N°
29, de 2016.
2. El memorándum electrónico del Gerente de Inversión y Financiamiento N° 103 de 29 de
marzo de 2023, en el cual se estima necesario introducir modificaciones a las Normas Operativas
del Programa, ya que informa que: "En relación con el Crédito Concentración Solar Térmico de
Potencia (Crédito Solar CSP), el proyecto que fue financiado al alero de este programa, Cerro
Dominador CSP S.A., ha presentado dificultad para cumplir con sus obligaciones crediticias,
producto de tener menores ingresos respecto a lo proyectado. Lo anterior se explica por dos
situaciones:
La primera es por causas de mercado y condiciones estructurales del sistema eléctrico
nacional, a propósito que los proyectos solares ubicados en el norte de Chile, donde se ubica

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