Resolución número 423, de 2023.- Establece prohibición de circulación de vehículos que se indican por vías determinadas, de la comuna de Tocopilla - 18 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 931507745

Resolución número 423, de 2023.- Establece prohibición de circulación de vehículos que se indican por vías determinadas, de la comuna de Tocopilla

Fecha de publicación18 Mayo 2023
Número de registroCVE-2315359
SecciónNormas Generales
EmisorGOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA
Número de Gaceta43.554
CVE 2315359 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.554 | Jueves 18 de Mayo de 2023 | Página 1 de 3
Normas Generales
CVE 2315359
GOBIERNO REGIONAL DE ANTOFAGASTA
ESTABLECE PROHIBICIÓN DE CIRCULACIÓN VEHÍCULOS QUE SE INDICAN
POR VÍAS DETERMINADAS, DE LA COMUNA DE TOCOPILLA
(Resolución)
Núm. 423.- Antofagasta, viernes 28 de abril de 2023.
Vistos:
DFL 1-19.175 que fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la Ley
N° 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; decreto con
fuerza de ley N° 1-19.653 de 2000, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la
Ley Nº 18.575 Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado del
año 1986; ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los
actos de los órganos de la Administración del Estado; El artículo N° 113 del decreto con fuerza
de ley N° 1, de 2007, de la ley N° 18.059, publicado en el Diario Oficial el 29 de octubre de
2009, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que "Fija texto
refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito"; El artículo 1° del decreto supremo
Nº 71, de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que individualiza las
competencias radicadas en el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a transferir a los
gobiernos regionales de acuerdo a lo dispuesto en el artículo quinto transitorio de la ley Nº
21.074, sobre fortalecimiento de la regionalización del país; el decreto supremo N° 236, de 2021,
del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que transfiere competencias radicadas en el
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a los Gobiernos Regionales para prohibir por
causa justificada la circulación de todo vehículo o de tipo específico de éstos por determinadas
vías públicas; Memorándum N° 4984/2021 de Secretario Regional Ministerial informando
transferencia de competencias Minuta sobre transferencia de competencias a Gobiernos
Regionales, de la División Legal de la Subsecretaría de Transportes; resoluciones N° 7, de 2019,
y N° 16, de 2020, Contraloría General de la República, sobre actos exentos de toma de razón y
demás normativa aplicable.
Considerando:
1) Que, según el artículo 113 DFL N° 1, de 2007, citado en Vistos, el Ministerio de
Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir por causa justificada la circulación de todo
tipo de vehículos o de tipo específicos de éstos, por determinadas vías públicas, facultad que ha
sido delegada en los Secretarios Regionales Ministeriales de Transportes y Telecomunicaciones,
mediante resolución N° 59, de 1985, del aludido Ministerio. Que, el decreto supremo N° 236, de
2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, transfiere competencias radicadas en el
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones a los Gobiernos Regionales para prohibir por
causa justificada la circulación de todo vehículo o de tipo específico de éstos por determinadas
vías públicas.
2) Que, desde noviembre del año 2022, en la comuna de Tocopilla, han existido una serie de
hechos graves, públicos y notorios, vinculados a la accidentabilidad y derrame de ácido sulfúrico
registrado en la Ruta 1 que pasa por dicha comuna, producto de la circulación de vehículos de
alto tonelaje que transportan la sustancia, lo que ha afectado directamente a la comunidad en
general, poniendo en riesgo la vida de sus habitantes, en particular a la comunidad escolar que se
encuentra cerca de dicha vía.

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