Resolución número 1, de 2023.- Rectifica decreto N° 16T, de 2022, que fija precios de nudo promedio en el Sistema Eléctrico Nacional, de acuerdo al artículo 158° de la Ley General de Servicios Eléctricos - 18 de Mayo de 2023 - Diario Oficial de la República de Chile - Legislación - VLEX 931507356

Resolución número 1, de 2023.- Rectifica decreto N° 16T, de 2022, que fija precios de nudo promedio en el Sistema Eléctrico Nacional, de acuerdo al artículo 158° de la Ley General de Servicios Eléctricos

Fecha de publicación18 Mayo 2023
Número de registroCVE-2315725
SecciónNormas Generales
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Número de Gaceta43.554
CVE 2315725 |Director: Felipe Andrés Peroti Díaz
Sitio Web: www.diarioficial.cl |Mesa Central: 600 712 0001 Email: consultas@diarioficial.cl
Dirección: Dr. Torres Boonen N°511, Providencia, Santiago, Chile.
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DIARIO OFICIAL
DE LA REPUBLICA DE CHILE
Ministerio del Interior y Seguridad Pública I
SECCIÓN
LEYES, REGLAMENTOS, DECRETOS Y RESOLUCIONES DE ORDEN GENERAL
Núm. 43.554 | Jueves 18 de Mayo de 2023 | Página 1 de 10
Normas Generales
CVE 2315725
MINISTERIO DE ENERGÍA
RECTIFICA DECRETO SUPREMO N° 16T, DE 2022, DEL MINISTERIO DE
ENERGÍA, QUE FIJA PRECIOS DE NUDO PROMEDIO EN EL SISTEMA
ELÉCTRICO NACIONAL, DE ACUERDO AL ARTÍCULO 158° DE LA LEY
GENERAL DE SERVICIOS ELÉCTRICOS
(Resolución)
Núm. 1.- Santiago, 19 de abril de 2023.
Vistos:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°
18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley
N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los
órganos de la Administración del Estado, en adelante "LBPA"; en el decreto ley N° 2.224, de
1978, del Ministerio de Minería, que crea el Ministerio de Energía y la Comisión Nacional de
Energía; en el decreto con fuerza de ley N° 4/20.018, de 2006, del Ministerio de Economía,
Fomento y Reconstrucción, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto con
fuerza de ley N° 1, de Minería, de 1982, Ley General de Servicios Eléctricos, en materia de
energía eléctrica, y sus modificaciones posteriores, en adelante "Ley General de Servicios
Eléctricos"; en la ley N° 20.936, que establece un nuevo sistema de transmisión eléctrica y crea
un organismo coordinador independiente del sistema eléctrico nacional, en adelante "Ley N°
20.936"; en el decreto ley N° 1.028, de 1975, del Ministerio del Interior, que precisa atribuciones
y deberes de los Subsecretarios de Estado; en la ley N° 21.185, que crea un mecanismo
transitorio de estabilización de precios de la energía eléctrica para clientes sujetos a regulación
de precios, en adelante "Ley N° 21.185"; en la ley N° 21.194, que rebaja la rentabilidad de las
empresas de distribución y perfecciona el proceso tarifario de distribución eléctrica, en adelante
"Ley N° 21.194"; en la ley N° 21.472, que crea un fondo de estabilización de tarifas y establece
un nuevo mecanismo de estabilización transitorio de precios de la electricidad para clientes
sometidos a regulación de precios, en adelante "Ley N° 21.472"; en el decreto supremo N° 86, de
2012, del Ministerio de Energía, en adelante "Ministerio", que aprueba reglamento para la
fijación de precios de nudo, y sus modificaciones posteriores; en la resolución exenta N° 703, de
la Comisión Nacional de Energía, de 30 de octubre de 2018, que modifica resolución exenta N°
778, que establece plazos, requisitos y condiciones para la fijación de precios de nudo promedio,
de fecha 15 de noviembre de 2016, modificada por las resoluciones exentas N° 203 y N° 558,
ambas de 2017, y fija texto refundido de la misma, en adelante "RE N° 703", todas de la
Comisión Nacional de Energía, en adelante "Comisión"; en la resolución exenta N° 342, de 9 de
septiembre de 2021, de la Comisión, que modifica resolución exenta N° 72, de 5 de marzo de
2020, que establece disposiciones técnicas para la implementación de la ley N° 21.185,
modificada por las resoluciones CNE N° 114 y N° 340 exentas, ambas de 2020, y resoluciones
N° 115 y N° 186 exentas, ambas de 2021, y fija texto refundido de la misma, todas de la
Comisión, en adelante "resolución exenta N° 342"; en la resolución exenta N° 86, de 2 de marzo
de 2023, de la Comisión, que establece disposiciones técnicas para la implementación de la ley
N° 21.472, en adelante "resolución exenta N° 86"; en la resolución exenta N° 475, de 28 de junio
de 2022, de la Comisión, que aprueba Informe Técnico Definitivo para la Fijación de Precios de
Nudo Promedio del Sistema Eléctrico Nacional y del factor de ajuste a que se refiere el numeral
3. del artículo 1° de la ley N° 21.185, de junio de 2022; en la resolución exenta N° 836, de 16 de
noviembre de 2022, de la Comisión, que aprueba Informe Técnico Definitivo para la Fijación de

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