Resolución núm. 951 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2015. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN CONDICIONES QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 551449702

Resolución núm. 951 EXENTA, publicada el 03 de Enero de 2015. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN CONDICIONES QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA EN CONDICIONES QUE SEÑALA

Núm. 951 exenta.- Rancagua, 18 de diciembre de 2014.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 113º, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito; en la ley Nº 18.059; en el decreto supremo Nº 255, de 1981, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; las resoluciones Nºs 59, de 1985 y 39, 1992, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; las resoluciones Nºs 18, de 10 de febrero 2003, 44, de 28 de abril de 2003, 279, de 12 de diciembre de 2003; 610, de 15 de diciembre de 2004; 743, de 13 de diciembre de 2005; 879, de 5 de diciembre de 2006; 1.001, de 12 de diciembre de 2007, 1.193, de 12 de diciembre de 2008; 1.107, de 14 de diciembre de 2009; 1.180, de 21 de diciembre de 2010; 977, de 2 de diciembre de 2011 y 788, de 5 de septiembre de 2012; 1.075, de 7 de diciembre de 2012; 956, de 9 de diciembre de 2013; todas de la Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones de la Región del Libertador General Bernardo O'Higgins; la solicitud de fecha 4 de diciembre de 2014, realizada por la Federación de Sindicatos de Trabajadores Independientes de Taxis Colectivos Básicos y Similares de la VI Región, y demás normativa vigente aplicable.

Considerando:

  1. Que el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones podrá prohibir, por causa justificada, la circulación de todo vehículo o de tipos específicos de éstos, por determinadas vías públicas, como una excepción al derecho que tienen los conductores a transitar en sus vehículos.

  2. La necesidad de adoptar medidas que permitan hacer un uso más racional de las vías de la ciudad de Rancagua, y contribuir con ello a una mejor calidad de vida de sus habitantes.

  3. Que el estudio denominado "Factibilidad de Aplicación de Restricción Vehicular a Taxis Colectivos y a Taxibuses Urbanos de la comuna de Rancagua", realizado por esta Secretaría Regional, indicó que el tamaño de la flota de taxis colectivos urbanos que prestan servicio en la comuna de Rancagua, es significativamente superior al óptimo social requerido, lo cual hace innecesaria e inconveniente la masiva circulación de vehículos que prestan este tipo de servicio, lo que se ha mantenido, en efecto, las tasas de ocupación medidas en el estudio "Encuesta Origen Destino a Hogares de la ciudad de...

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