Resolución núm. 93 AFECTA, publicada el 26 de Octubre de 2015. EJECUTA ACUERDO QUE CREA 'COMITÉ DE PROGRAMAS E INICIATIVAS ESTRATÉGICAS' Y FIJA NORMAS POR LAS CUALES DEBERÁ REGIRSE; Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN (A) Nº 69, DE 2015, SIN TRAMITAR
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO |
Rango de Ley | Resolución |
EJECUTA ACUERDO QUE CREA "COMITÉ DE PROGRAMAS E INICIATIVAS ESTRATÉGICAS" Y FIJA NORMAS POR LAS CUALES DEBERÁ REGIRSE; Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN (A) Nº 69, DE 2015, SIN TRAMITAR
Núm. 93 afecta.- Santiago, 24 de septiembre de 2015.
Vistos:
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El Acuerdo de Consejo Nº 2.861, de 2015, adoptado por el H. Consejo de esta Corporación en su Sesión Nº 457, de 23 de marzo de 2015, por el cual aprobó la creación del "Comité de Programas e Iniciativas Estratégicas" y fija normas por las cuales deberá regirse.
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El Acuerdo de Consejo Nº 2.872, de 2015, adoptado por el H. Consejo de esta Corporación en su Sesión Nº 461, de 17 de agosto de 2015, por el cual se modificó el Acuerdo señalado en el visto anterior.
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Lo dispuesto en el artículo 3º de la ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, en orden a que las decisiones de los órganos administrativos pluripersonales se llevarán a efecto por medio de resoluciones de la autoridad ejecutiva correspondiente.
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Las facultades que me otorga el Reglamento General de la Corporación y lo establecido en la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República.
Resuelvo:
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Ejecútase el Acuerdo de Consejo Nº 2.861, de 2015, y el Acuerdo de Consejo Nº2.872, de 2015, por los cuales se aprobó y modificó, respectivamente, el "Comité de Programas e Iniciativas Estratégicas", y fijó normas por las cuales deberá regirse.
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Apruébase el siguiente Reglamento que regirá las condiciones en las cuales actuará el "Comité de Programas e Iniciativas Estratégicas":
Créase un comité denominado "Comité de Programas e Iniciativas Estratégicas".
Dicho Comité será de aquellos a que se refiere el inciso tercero del artículo 7º del decreto con fuerza de ley Nº 211, del Ministerio de Hacienda, de 1960, y se regirá adicionalmente por las normas del presente instrumento.
El Comité de Programas e Iniciativas Estratégicas tendrá por objeto conocer proyectos de gran envergadura y alto impacto, con valor estratégico y/o habilitantes para el desarrollo del país, tales como, Programas Estratégicos y otros instrumentos que la Gerencia de Desarrollo Competitivo elabore relacionados con la política de selectividad estratégica.
El Comité será integrado de la siguiente manera:
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El Vicepresidente Ejecutivo de CORFO o su subrogante legal, quien presidirá el Comité.
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El Subsecretario de Educación o un representante de éste.
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El Gerente Corporativo de CORFO o un representante de éste.
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El Director de la Agencia de Promoción de la Inversión Extranjera - APIE, o un representante de éste.
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El Jefe de la División de Innovación del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o...
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