Resolucion núm. 926 EXENTA, el 01 de Febrero de 2023. ACUMULA PROCESOS Y RESUELVE DENUNCIAS EN CONTRA DE DON RAMIRO URBINA ARAYA. CAUSAS ROLES Nos. 2108-209 Y 2208-77 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923400560

Resolucion núm. 926 EXENTA, el 01 de Febrero de 2023. ACUMULA PROCESOS Y RESUELVE DENUNCIAS EN CONTRA DE DON RAMIRO URBINA ARAYA. CAUSAS ROLES Nos. 2108-209 Y 2208-77

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ACUMULA PROCESOS Y RESUELVE DENUNCIAS EN CONTRA DE DON RAMIRO URBINA ARAYA. CAUSAS ROLES Nos. 2108-209 Y 2208-77

Núm. 926 exenta.- Concepción, 28 de octubre de 2022.

Vistos:

La ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto Nº 25, de 2005, del Ministerio de Agricultura, que aprueba reglamento sobre productos farmacéuticos de uso exclusivamente veterinario; la resolución exenta RA Nº 240/714/2022, de fecha 18 de agosto de 2022, que establece orden de subrogación para el cargo de Director Regional, Región del Biobío; y la resolución Nº 7, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, corresponde al SAG conocer y sancionar toda infracción a las normas legales y reglamentarias cuya fiscalización le compete.

  2. Que, las denuncias formuladas por los Inspectores del Servicio o por el personal de Carabineros de Chile constituirán presunción legal de haberse cometido la infracción.

  3. Que, constan en autos, las denuncias que se indicarán, ambas cursadas en contra de don Ramiro Urbina Araya, RUT 7.535.692-7, con domicilio Tucapel Nº 124, comuna de Los Ángeles, Región del Biobío, cuyo tenor es el siguiente:

    3.1.- Acta de Denuncia y Citación Nº 2080000769 de fecha 8 de septiembre de 2021:

    "La Categoría del establecimiento no corresponde a lo registrado en el Servicio.; Se constata que el expendio de los productos no se realiza bajo la condición de venta correspondiente: . Venta libre . Venta bajo receta médico veterinaria . Venta bajo receta médico veterinaria retenida . Venta bajo receta médico veterinaria retenida con control de saldo . Venta sólo a médicos veterinarios . Venta sólo a médicos veterinarios con receta retenida con control de saldo . Venta para uso exclusivo del Servicio. Establecimiento registrado como expendio de venta libre, sin director técnico expende medicamentos registrados exclusivamente para su venta con receta médico veterinaria.".

    3.2.- Acta de Denuncia y Citación Nº 2080000969 de fecha 29 de abril de 2022:

    "El establecimiento no funciona bajo la dirección técnica del profesional director técnico declarado en el Servicio e identificado en el Certificado de inscripción de expendio (salvo que se trate de un establecimiento que sólo comercializa productos de venta libre); El director técnico no ejerce su función durante todas las horas de...

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