Resolución núm. 921 EXENTA, publicada el 29 de Julio de 2022. LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL EXTRAORDINARIA EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, EN SU TÍTULO I, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO, TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA Y TÍTULO III, AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LAS VIVIENDAS AFECTADAS POR PLAGAS DE XILÓFAGOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908132493

Resolución núm. 921 EXENTA, publicada el 29 de Julio de 2022. LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL EXTRAORDINARIA EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, EN SU TÍTULO I, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO, TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA Y TÍTULO III, AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LAS VIVIENDAS AFECTADAS POR PLAGAS DE XILÓFAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN NACIONAL EXTRAORDINARIA EN CONDICIONES ESPECIALES PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, EN SU TÍTULO I, MEJORAMIENTO DEL ENTORNO, TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA Y TÍTULO III, AMPLIACIÓN DE LA VIVIENDA, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, DESTINADO A LA ATENCIÓN DE LAS VIVIENDAS AFECTADAS POR PLAGAS DE XILÓFAGOS

Santiago, 26 de julio de 2022.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 921 exenta.

Visto:

1) El decreto supremo N° 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo dispuesto en su artículo 13;

2) La resolución N° 533 (V. y U.) de 1997, que fija procedimiento para la Prestación de Servicios de Asistencia Técnica y los montos de las áreas de asistencia técnica e inspección de obras;

3) La resolución exenta N° 2.007 (V. y U.), de fecha 17 de diciembre de 2021, y su modificación, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2022, en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006;

4) El decreto supremo N° 4, de fecha 8 de febrero de 2020 y sus modificaciones, del Ministerio de Salud, que decreta alerta sanitaria por el periodo que señala y otorga facultades extraordinarias que indica por emergencia de salud pública de importancia internacional (ESPII) por brote del nuevo coronavirus (2019-NCOV).

Considerando:

1) La importancia que tiene para este Ministerio flexibilizar el proceso de postulación, selección y ejecución de los proyectos que busquen desarrollarse con cargo al Programa regulado por el DS N° 255 (V. y U.), de 2006, debido a la alerta sanitaria que enfrenta el país por la propagación del coronavirus o COVID-19.

2) La necesidad de apoyar a las familias cuyas viviendas tienen problemas de plagas de xilófagos, para evitar o revertir los daños que estos insectos ocasionan en la vivienda, ya sea en sus elementos verticales u horizontales, requiriéndose para lo anterior montos de subsidio incrementados para costear reparaciones más complejas.

3) La necesidad de atender a las familias cuyas viviendas tengan cubiertas en mal estado, en especial aquellas de asbesto cemento debido al peligro de salud que ello reviste y de acuerdo con los protocolos de seguridad que ha sugerido el Ministerio de Salud en cuanto a su manipulación.

4) La solicitud remitida por correo electrónico de fecha 23 de junio de 2022, de jefe del Depto. Planes y Programas de Vivienda y Equipamiento de la SEREMI de Vivienda y Urbanismo de la Región de Biobío, mediante el cual solicita que se mantengan las condiciones especiales del Llamado de xilófagos del año 2021, efectuado por resolución exenta N° 1.213 (V. y U.) de 2021, para los proyectos de todas las comunas de la Provincia de Biobío. Finalmente dado el incremento en los montos de subsidio de este año, se agregará sólo el incremento para pisos ventilados que se solicitaba, pero se dará para todo el país.

5) Los correos electrónicos de fechas 7 y 8 de julio del año 2022 que dan cuenta de la conformidad de los jefes de la División de Política Habitacional y de la División Jurídica, con el tenor del presente acto administrativo, dicto la siguiente:

Resolución:

1) Llámese a postulación nacional extraordinaria en condiciones especiales para el desarrollo de proyectos en su modalidad Título I, Mejoramiento del Entorno; Título II, Mejoramiento de la Vivienda; y Título III Ampliación de la Vivienda, del Programa de Protección del Patrimonio Familiar regulado por el DS N° 255 (V. y U.) de 2006, y sus modificaciones, destinados a la atención de las viviendas afectadas por plagas de xilófagos.

2) Sólo podrán postular a la selección de este llamado, los proyectos que cuenten con certificados de calificación otorgados por los SERVIU respectivos, antes de la fecha de los cierres del proceso de postulación determinados para los días 9 de septiembre de 2022 y 7 de octubre de 2022.

3) Las familias interesadas en participar en este llamado podrán postular a partir de la fecha de publicación de la presente resolución exenta y hasta el día 9 de septiembre y 7 de octubre del presente año, ambas fechas inclusive, o hasta que se agoten los recursos disponibles. Dentro de ese período, se podrán identificar los hitos del proceso definidos por cada SERVIU Regional, como son:

. Ingreso de proyectos

. Plazo máximo para ingreso de subsanación de observaciones (PSAT)

. Plazo máximo para digitación (PSAT)

. Plazo máximo para envío de casos a resolver en sistema informático (SERVIU)

. Calificación de Proyectos, etc.

4) La postulación a este llamado se podrá realizar en forma individual o colectiva.

5) El número de proyectos seleccionados en cada región, alcanzará hasta la cantidad de subsidios susceptibles de financiar con los recursos disponibles incluidos los servicios de asistencia técnica que correspondan.

6) Se podrán disminuir los recursos del presente llamado o aumentarlos con cargo a los recursos asignados para el Programa de Protección del Patrimonio Familiar del año 2022, por resolución del Ministro de Vivienda y Urbanismo, como también determinar la redistribución de recursos de acuerdo a la demanda de cada Región.

7) Establécense las siguientes excepciones para efectos del llamado a postulación nacional...

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