Resolución núm. 8738 EXENTA, publicada el 06 de Enero de 2021. MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.532 EXENTA, DE 2020, QUE FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE HUEVOS FÉRTILES SPF EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
MODIFICA RESOLUCIÓN N° 4.532 EXENTA, DE 2020, QUE FIJA EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE HUEVOS FÉRTILES SPF EN LOS TÉRMINOS QUE INDICA
Núm. 8.738 exenta.- Santiago, 22 de diciembre de 2020.
Vistos:
Las facultades conferidas por la Ley Nº 18.755, que establece la organización y atribuciones del Servicio Agrícola y Ganadero; el DFL RRA Nº 16, de 1963, sobre Sanidad y Protección Animal; la ley Nº 18.164, que establece normas sobre destinación aduanera; la ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado; el decreto Nº 16, de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores, que Promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre ellos, el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; el decreto N° 112, de 2018, del Ministerio de Agricultura, que designa al Director Nacional del Servicio; la resolución exenta N° 4.532 que Fija exigencias sanitarias para la internación a Chile de huevos fértiles SPF; la resolución exenta N° 7.364 de 9 de diciembre de 2016, que Establece Exigencias Sanitarias Generales para la Internación a Chile de animales, y deroga resolución exenta Nº 1.254, de 1991; la resolución exenta N° 7.301 de 2017 que establece condiciones para el funcionamiento de recintos cuarentenarios de importación de animales y aves y define restricciones de acceso que indica; la resolución exenta N° 3.138 de 1999 que Establece requisito de habilitación para establecimientos de producción pecuaria que deseen exportar animales o sus productos a Chile; la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que establece actos administrativos exentos del trámite de toma de razón.
Considerando:
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero, en adelante, SAG, es la autoridad encargada de proteger, mantener e incrementar el patrimonio zoosanitario del país.
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Que es función del Servicio Agrícola y Ganadero adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción de enfermedades al territorio nacional que puedan afectar la Salud Animal.
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Que el DFL RRA N° 16 establece que para la internación de animales y productos pecuarios se deben cumplir las exigencias de orden sanitario que se especifica en cada caso.
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Que los establecimientos proveedores de huevos SPF (libre de patógenos específicos) deben ser habilitados o autorizados para ingresar al país.
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Que en...
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