Resolución núm. 8573 EXENTA, publicada el 05 de Enero de 2017. OTORGA SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, CONFORME AL ARTÍCULO 27 DEL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A FAMILIAS DAMNIFICADAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 656938473

Resolución núm. 8573 EXENTA, publicada el 05 de Enero de 2017. OTORGA SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, CONFORME AL ARTÍCULO 27 DEL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A FAMILIAS DAMNIFICADAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

OTORGA SUBSIDIOS DEL PROGRAMA HABITACIONAL FONDO SOLIDARIO DE ELECCIÓN DE VIVIENDA, EN LA ALTERNATIVA DE POSTULACIÓN INDIVIDUAL, CONFORME AL ARTÍCULO 27 DEL DS Nº 49 (V. Y U.), DE 2011, Y SUS MODIFICACIONES, A FAMILIAS DAMNIFICADAS DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Santiago, 29 de diciembre de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 8.573 exenta.

Visto:

  1. La facultad que me confiere el artículo 27, del DS Nº 49 (V. y U.), de 2011, y sus modificaciones, que reglamenta el Programa Habitacional Fondo Solidario de Elección de Vivienda, para asignar directamente por resoluciones hasta un 30% de la cantidad de recursos dispuestos, para la atención de personas que se encuentren en situaciones especiales de urgente necesidad habitacional, derivadas de casos fortuitos, de fuerza mayor u otros, debidamente calificados por la Ministra, o para la atención de damnificados como consecuencia de sismos o catástrofes, así como para aquellos proyectos habitacionales en que, por razones de fuerza mayor o imposibles de prever al momento de la calificación del proyecto, el subsidio otorgado sea insuficiente para su correcta ejecución, o bien, cuando se requiera de mayores recursos para la recontratación de obras luego de un término anticipado del contrato original;

  2. La resolución exenta Nº 9.987 (V. y U.), de fecha 22 de diciembre de 2015, que autoriza efectuar llamados a postulación y/o comprometer recursos durante el año 2016 en el otorgamiento de subsidios habitacionales y señala el monto de los recursos destinados, entre otros, a la atención a través del programa regulado por el DS Nº 49 (V. y U.), de 2011;

  3. La resolución exenta N° 593 (V. y U.), de fecha 28 de enero de 2016, y sus modificaciones, que delega a los respectivos Secretarios Regionales Ministeriales de Vivienda y Urbanismo, la facultad de dictar, por orden del Ministro de Vivienda y Urbanismo, las resoluciones que dispongan asignar directamente subsidios de la alternativa individual;

    Considerando:

  4. Que producto del sismo de gran intensidad ocurrido el día 25 de diciembre de 2016 que afectó a la Región de Los Lagos, especialmente a la provincia de Chiloé, algunas viviendas de la comuna de Quellón resultaron con daños no reparables;

  5. Que de acuerdo a visita sostenida por autoridades del Serviu de la Región de Los Lagos el día de la catástrofe, existen 4 familias damnificadas que se encuentran en urgente necesidad habitacional producto de los daños sufridos en los inmuebles donde residían de acuerdo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR