Resolución núm. 8568 EXENTA, publicada el 05 de Enero de 2017. DISPONE NUEVO PLAZO DE VIGENCIA PARA 16 SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 656890957

Resolución núm. 8568 EXENTA, publicada el 05 de Enero de 2017. DISPONE NUEVO PLAZO DE VIGENCIA PARA 16 SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

DISPONE NUEVO PLAZO DE VIGENCIA PARA 16 SUBSIDIOS DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR, REGULADO POR EL DS N° 255 (V. Y U.), DE 2006, CORRESPONDIENTES AL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DESTINADOS AL FINANCIAMIENTO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, DE LA REGIÓN DE LOS LAGOS

Santiago, 29 de diciembre de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:

Núm. 8.568 exenta.

Visto:

  1. El DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, y sus modificaciones;

  2. La resolución exenta N° 8.024 (V. y U.), de fecha 7 de noviembre de 2013, y sus modificaciones, que llama a postulación nacional en condiciones especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, regulado por el DS Nº 255 (V. y U.), de 2016, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al financiamiento de materiales de construcción, para todas las regiones del país, en las comunas que indica, y fija la cantidad de recursos que se destinarán al financiamiento de dichos subsidios;

  3. La resolución exenta Nº 1.007 (V. y U.), de fecha 12 de febrero de 2014, que modifica resolución exenta Nº 8.024 (V. y U.), de 2013, que llama a postulación en Condiciones Especiales para el otorgamiento de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al financiamiento de materiales de construcción en las regiones que indica, y aprueba nómina de postulantes seleccionados correspondientes al mes de diciembre, y los recursos que se destinarán al financiamiento de los subsidios correspondientes al citado programa.

  4. El oficio Nº 3.584, de fecha 20 de septiembre de 2016, del Director del Serviu de la Región de Los Lagos, mediante el cual solicita conceder prórroga de vigencia de subsidios habitacionales del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, correspondientes al Título II, Mejoramiento de la Vivienda, destinados al...

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