Resolución núm. 845, publicada el 11 de Abril de 2016. APRUEBA PROTOCOLO DE USO DE COMPUTADOR ISLA POR EL PROGRAMA DE INNOVACIÓN, DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 632420277

Resolución núm. 845, publicada el 11 de Abril de 2016. APRUEBA PROTOCOLO DE USO DE COMPUTADOR ISLA POR EL PROGRAMA DE INNOVACIÓN, DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

APRUEBA PROTOCOLO DE USO DE COMPUTADOR ISLA POR EL PROGRAMA DE INNOVACIÓN, DE LA SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

Núm. 845.- Santiago 4 de abril de 2016.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 20.882, de 2015, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo Nº 747, de 1953, del Ministerio de Economía y Comercio; en el decreto supremo Nº 19, de 2016, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo; en el decreto con fuerza de ley Nº 88, de 1953, del Ministerio de Hacienda; en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, la ley Nº 20.882, de Presupuestos del Sector Público, correspondiente al año 2016 establece el Programa Fondo de Innovación para la Competitividad, el cual se encuentra inserto dentro de la Subsecretaría de Economía y Empresas de Menor Tamaño.

  2. - Que, dicho Programa es gestionado por la Subsecretaría y orientado al fomento de la ciencia, la tecnología y la innovación en el país.

  3. - Que, la Subsecretaría cuenta con un profesional encargado de administrar el Programa Fondo de Innovación para la Competitividad, el cual ejerce sus funciones en calidad de Agente Público.

  4. - Que, dentro de las tareas de gestión del Programa se incluye una labor de coordinación y colaboración con distintas Instituciones e investigadores nacionales e internacionales. Las cuales incluyen consulta sobre información relevante en poder del Programa Innovación.

  5. - Que, teniendo presente la ley Nº 19.628 sobre Protección a la Vida Privada y la ley 20.285 sobre acceso a la información pública, se ha estimado necesario habilitar un Computador Isla que permita trabajar en el mismo, sin que sea posible la extracción de archivos y que permita sólo la extracción de información agregada.

  6. - Que, en razón de lo anterior es necesario oficializar un protocolo que regule el uso y disposición de información por parte del Programa de Innovación y los profesionales que la pudieren requerir,

Resuelvo:

Artículo único

Apruébase el siguiente protocolo de trabajo para el uso de Computador Isla, el cual será gestionado por el Programa de Innovación para la Competitividad.

PROTOCOLO DE TRABAJO PARA USO DE COMPUTADOR ISLA GESTIONADO POR EL PROGRAMA DE INNOVACIÓN PARA LA COMPETITIVIDAD SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA Y EMPRESAS DE MENOR TAMAÑO

Antecedentes: La Subsecretaría de Economía y...

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