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Resolución núm. 82, publicada el 20 de Julio de 2023. AUTORIZA EL INICIO DE LAS OPERACIONES DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTÍA DE CHILE III S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

AUTORIZA EL INICIO DE LAS OPERACIONES DE LA SOCIEDAD ADMINISTRADORA DE FONDOS DE CESANTÍA DE CHILE III S.A.

Núm. 82.- Santiago, 14 de julio de 2023.

Vistos:

  1. Las facultades que confiere a esta Superintendencia, el inciso final del artículo 33 de la ley Nº 19.728; b) Lo dispuesto en el decreto supremo Nº 11, de 9 de marzo de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba bases, anexos y llamado a licitación pública para la contratación del servicio de Administración del Régimen de Seguro de Cesantía establecido por la ley Nº 19.728; c) El decreto supremo Nº 5, de 9 de febrero de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que adjudica la administración del Régimen de Seguro de Cesantía establecido por la ley Nº 19.728; d) El decreto supremo Nº 65, de 8 de agosto de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que aprueba Contrato de Administración Régimen de Seguro de Cesantía con la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía Chile III S.A.; e) La resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República; f) El oficio ordinario Nº 1061, de 19 de enero de 2023, de esta Superintendencia, que informa sobre fecha máxima para inicio de operaciones; g) Las cartas GG-S-Nº 044/2023, de 28 de febrero de 2023, GG-S-Nº 146/2023, de 9 de junio de 2023, GG-S-Nº 167/2023, de 7 de julio de 2023, y GG-S-Nº 169/2023, de 12 de julio de 2023, todas de la Sociedad Administradora de Fondos de Cesantía de Chile III S.A.; y h) El decreto supremo Nº 40, de 6 de mayo de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, publicado en el Diario Oficial el 31 de diciembre de 2022.

Considerando:

  1. Que, mediante decreto supremo Nº 11, de 9 de marzo de 2021, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se aprobaron las bases, anexos y se dispuso el llamado a una nueva licitación pública para la contratación del servicio de Administración del Régimen del Seguro de Cesantía establecido por la ley Nº 19.728;

  2. Que, mediante decreto supremo Nº 5, de 9 de febrero de 2022, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se procedió a adjudicar el servicio de administración del Régimen del Seguro de Cesantía establecido por la ley Nº 19.728, al "Grupo Nueva Providencia III", conformado por las sociedades MetLife Chile Inversiones Limitada, Sura Asset Management Chile S.A., Administradora de Fondos de Pensiones Cuprum S.A. y Administradora de Fondos de Pensiones Planvital S.A.;

  3. Que, dentro del plazo de 60 días contados desde...

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