Resolución núm. 8101 EXENTA, publicada el 16 de Enero de 2016. MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 591748058

Resolución núm. 8101 EXENTA, publicada el 16 de Enero de 2016. MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Núm. 8.101 exenta.- Valparaíso, 29 de diciembre de 2015.

Vistos:

El Compendio de Normas Aduaneras, actualizado por la resolución Nº 1.300/2006, de esta Dirección Nacional, publicado en el Diario Oficial de 17.11.2008.

La resolución Nº 387/2014, de la Dirección Nacional de Aduanas, que establece la exigencia para los operadores que intervienen en el proceso de ingreso y salida de mercancía desde o hacia zona primaria o zonas aduaneras de tratamiento especial, de suscribir un convenio de intercambio de información con el Servicio.

La resolución Nº 5.394/2014 de la Dirección Nacional de Aduanas, mediante la cual se reemplazaron los numerales 5.4 y 5.5 del Capítulo IV, del Compendio de Normas Aduaneras referidos a "Envío de información de Aduana a terminales portuarios e ingreso físico del camión a zona primaria, cuando cuenta con integración Puerto-Aduana", respectivamente.

La resolución Nº 4.606/2015, de la Dirección Nacional de Aduanas, que prorroga el plazo de entrada en vigencia de la resolución señalada en el párrafo anterior para el 04.01.2016.

Considerando:

Que, el proceso de ingreso a zona primaria de mercancías para exportación, se encuentra regulado en el Capítulo IV del Compendio de Normas Aduaneras, estableciéndose las diversas etapas que se deben cumplir en la tramitación de las operaciones aduaneras que amparan la salida de mercancía del país, todo ello en virtud de las facultades que conforme a la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas corresponden al Director Nacional.

Que, el Servicio de Aduanas, procesará la información de cada ingreso a zona primaria asociado a la relación DUS-Guía de Despacho, revisando a través de su sistema de información para salida de mercancías, todos los DUS asociados a un determinado vehículo.

Que, sólo una vez procesada la información señalada en el párrafo anterior, el Servicio de Aduanas confirmará la condición de arribo del camión, otorgará la autorización para ingresar a zona primaria e informará el estado de fiscalización de la carga, mediante mensajes electrónicos al sistema computacional del terminal, empresa portuaria o su concesionario.

Que, se hace indispensable la incorporación del dato placa patente del camión en la guía de despacho, la cual en combinación con el número de identificación del contendedor, permitirá relacionar la carga que ingresa a zona primaria con el DUS tramitado.

Que, es necesario actualizar y precisar las normas...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR