Resolución núm. 804 EXENTA, publicada el 17 de Febrero de 2023. APRUEBA PLAN DE CIERRE DE SEDE QUE INDICA DE LA UNIVERSIDAD DE ACONCAGUA - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 923426800

Resolución núm. 804 EXENTA, publicada el 17 de Febrero de 2023. APRUEBA PLAN DE CIERRE DE SEDE QUE INDICA DE LA UNIVERSIDAD DE ACONCAGUA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA PLAN DE CIERRE DE SEDE QUE INDICA DE LA UNIVERSIDAD DE ACONCAGUA

Núm. 804 exenta.- Santiago, 13 de febrero de 2023.

Visto:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.956, que Reestructura el Ministerio de Educación Pública; en la ley Nº 18.575, y sus modificaciones, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior; en el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129; en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación; en el oficio Ord. Nº 008/2021, de fecha 30 de septiembre de 2021, complementado mediante oficio Ord. Nº 006/2022, de fecha 8 de junio de 2022 y por oficio Ord. Nº 002-2023, de fecha 9 de enero de 2023, todos del Rector de la Universidad de Aconcagua; en el acta de sesión extraordinaria de Directorio de la Universidad de Aconcagua, de fecha 28 de septiembre de 2021; en los memorándum Nº 06/817 de fecha 20 de julio de 2022 y Nº 06/99 de fecha 19 de enero de 2023, del Jefe de la División de Educación Universitaria de la Subsecretaría de Educación Superior, y en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, la Subsecretaría de Educación Superior, creada mediante la ley Nº 21.091, sobre Educación Superior, forma parte de la organización del Ministerio de Educación, en virtud de lo establecido en la letra d) del artículo de la ley Nº 18.956.

  2. Que, el artículo 25 ter de la ley Nº 20.129, dispone que: "Para efectos del cierre de una sede, carrera o programa, las instituciones de educación superior deberán presentar un Plan de Cierre a la Subsecretaría de Educación Superior, el que previamente deberá ser notificado a los estudiantes matriculados", contemplando al menos el contenido mínimo señalado en dicha norma. El penúltimo inciso del referido artículo precisa que "[S]ólo una vez aprobado el Plan de Cierre por la Subsecretaría, la institución de educación superior podrá ejecutarlo. Una vez finalizado el Plan de Cierre, la institución de educación superior deberá presentar los antecedentes al Ministerio de Educación para que éste dicte el acto administrativo correspondiente".

  3. Que, los procesos relativos al mencionado artículo 25 ter, se encuentran regulados en el decreto supremo Nº 29, de 2021, del Ministerio de Educación, que "Aprueba el reglamento que regula los procesos y planes de cierre de sedes, carreras o programas en instituciones de educación superior, y dispone los requisitos que deben ser contemplados en dicho del Plan de Cierre".

  4. Que, mediante oficio Ord. Nº 008/2021, de fecha 30 de septiembre de 2021, el rector de la Universidad de Aconcagua comunicó a la Subsecretaría de Educación Superior que el plantel había resuelto implementar un proceso de cierre de cuatro de sus sedes: La Serena, Viña del Mar, Temuco y Puerto Montt, teniendo como principal motivo, según indicó, la persistente baja de matrícula y su difícil sustento financiero. La referida comunicación fue complementada con el oficio Ord. Nº 006/2022 de fecha 8 de junio de 2022 y por el oficio Ord. Nº 002/2023 de fecha 9 de enero de 2023, también del Rector de la Universidad de Aconcagua.

  5. Que, entre los antecedentes acompañados en las comunicaciones referidas en el considerando anterior, se encuentra copia del acta de sesión extraordinaria de Directorio de la Universidad de Aconcagua, de fecha 28 de septiembre de 2021, en la que se acordó el cierre definitivo de las mencionadas sedes.

  6. Que, luego de la revisión efectuada a los antecedentes acompañados por la Universidad, la División de Educación...

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