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Resolución núm. 8031, publicada el 16 de Enero de 2016. MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS

Núm. 8.031.- Valparaíso, 28 de diciembre de 2015.

Vistos:

La ley Nº 20.422, publicada en el Diario Oficial de fecha 10.02.2010, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

El decreto de Hacienda Nº 1.253 de fecha 03.11.2010, publicado en el Diario Oficial con fecha 21.10.2011, que dictó el reglamento que determina procedimientos y competencias para la obtención de beneficios arancelarios y tributarios para personas con discapacidad.

La resolución exenta Nº 2.504, de fecha 05.04.2012, de la Dirección Nacional de Aduanas, que modificó el Anexo Nº 18 y sustituyó el Apéndice Nº XI, Anexo Nº 2 del Cap. III del Compendio de Normas Aduaneras, respecto del procedimiento de importación de mercancías para discapacitados.

La Medida Nº 7 de la Agenda Normativa 2015, denominada "Modificación al procedimiento para obtener la franquicia de la Ley 20.422", que tiene como propósito optimizar el otorgamiento de la franquicia para personas con capacidades diferentes".

Considerando:

Que se ha visualizado que desde el punto de vista procedimental no existe una uniformidad en las Aduanas, siendo necesario complementar el procedimiento actualmente establecido, a efectos que sea aplicado de la misma forma en todas las Direcciones Regionales y Administraciones de Aduanas del país.

Que, en lo respecta específicamente a la tramitación de la autorización para importar un vehículo, de conformidad a las normas contempladas en el artículo 6º de la ley Nº 17.238, habitualmente, los usuarios intervinientes en este tipo de operación, no cumplen a cabalidad todas las etapas conforme las instrucciones vigentes sobre la materia, habiéndose generado varios inconvenientes en la determinación del monto del IVA diferido a cancelar por el peticionario.

Teniendo presente:

Lo dispuesto en el artículos Nos 7 y 8 del Art. 4º del DFL 329, de 1979, y en la resolución Nº 1.600 de 2008, sobre exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Modifícase el Compendio de Normas Aduaneras, en el siguiente sentido:

  1. Modifícase el Anexo Nº 2, Apéndice Nº XI, del Cap. III como sigue:

    1.1 Reemplázase el numeral 1 en el siguiente contexto:

    "1 Mercancías de despacho especial

    Declárase como mercancías de despacho especial aquellos vehículos automóviles; mercancías establecidas en el artículo 3 del decreto de Hacienda Nº 1.253, de 2010 y las ayudas técnicas que serán importados...

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