Resolución núm. 80 EXENTA, publicada el 12 de Febrero de 2021. ESTABLECE REDISEÑO Y MODERNIZACIÓN DE LA RED DE MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE EN LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ - MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 857506858

Resolución núm. 80 EXENTA, publicada el 12 de Febrero de 2021. ESTABLECE REDISEÑO Y MODERNIZACIÓN DE LA RED DE MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE EN LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

ESTABLECE REDISEÑO Y MODERNIZACIÓN DE LA RED DE MONITOREO DE CALIDAD DEL AIRE EN LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ

Núm. 80 exenta.- Santiago, 4 de febrero de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el artículo 198 de la Constitución Política de la República de Chile; en la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente; en el DS Nº 39 de 2012, del Ministerio del Medio Ambiente, que Aprueba el Reglamento para la Dictación de Planes de Prevención y de Descontaminación; en el DS Nº 10, de 2015, del Ministerio del Medio Ambiente, que declara zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5 como concentración anual y latente como concentración diaria, y zona latente por material particulado respirable MP 10, como concentración anual, a las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví; en el DS Nº 105, de 2018, que establece el Plan de Prevención y de Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví; la resolución exenta Nº 249, de 2020, del Ministerio del Medio Ambiente-Subsecretaría del Medio Ambiente, que instruye medidas extraordinarias de visación de documentos del Ministerio del Medio Ambiente-Subsecretaría del Medio Ambiente a raíz de la alerta sanitaria por emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por brote de coronavirus (Covid-19); en el Memorándum Nº 637, del 13 de noviembre de 2020, del Jefe de División de Calidad del Aire y Cambio Climático del Ministerio del Medio Ambiente; lo dispuesto en la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; y,

Considerando:

  1. Que, en virtud del artículo 33 inciso de la Ley Nº 19.300, sobre Bases Generales del Medio Ambiente, al Ministerio del Medio Ambiente le corresponde la administración de la información de los programas de medición y control de la calidad ambiental del aire, agua y suelo, para efectos de velar por el derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Por su parte, de acuerdo con el artículo 70, letra t), corresponderá especialmente al Ministerio del Medio Ambiente, generar y recopilar la información técnica y científica precisa para la prevención de la contaminación y la calidad ambiental, en particular lo referente a las tecnologías, la producción, gestión y transferencias de residuos, la contaminación atmosférica y el impacto ambiental. Por último, en virtud del artículo 70, letra u), le corresponde al ministerio administrar la información de los programas de monitoreo de calidad del aire, agua y suelo, proporcionada por los organismos competentes, cuando corresponda.

  2. Que, el DS Nº 105, de 2018, del Ministerio del Medio Ambiente, que establece el "Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví" (en adelante, el "Plan"), publicado en el Diario Oficial con fecha 30 de marzo de 2019, estableció en su artículo 50, que los establecimientos que tienen la obligación de monitorear la calidad del aire mediante estaciones de monitoreo de calidad del aire con representatividad poblacional deben entregar la supervisión técnica de éstas al Ministerio del Medio Ambiente, para velar por su correcto funcionamiento y entrega oportuna de información a la ciudadanía y los órganos fiscalizadores.

  3. Que, en virtud de lo anterior, se celebraron los siguientes protocolos de acuerdo para la cesión de la supervisión técnica, aprobados mediante las siguientes resoluciones:

    (i) Resolución exenta Nº 1.051, del 7 de noviembre de 2018, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que aprueba el protocolo de acuerdo para la cesión de la administración técnica de la estación de monitoreo de calidad de aire "Centro Quintero", suscrito entre el Ministerio del Medio Ambiente - Subsecretaría del Medio Ambiente y GNL Quintero S.A.

    (ii) Resolución exenta Nº 1.052, del 7 de noviembre de 2018, de la Subsecretaría del Medio Ambiente, que aprueba el protocolo de acuerdo para la cesión de la administración de la operación y gestión de datos de la estación de monitoreo de calidad de aire "Loncura", asociada a la central Quintero, suscrito...

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