Resolución núm. 8 EXENTA, publicada el 08 de Febrero de 2021. EJECUTA ACUERDO N° 3, ADOPTADO EN SESIÓN N° 26 DEL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS, QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO 'FONDO DE DESARROLLO DE FERIAS LIBRES', EN LOS ASPECTOS QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 857259228

Resolución núm. 8 EXENTA, publicada el 08 de Febrero de 2021. EJECUTA ACUERDO N° 3, ADOPTADO EN SESIÓN N° 26 DEL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS, QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO 'FONDO DE DESARROLLO DE FERIAS LIBRES', EN LOS ASPECTOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO N° 3, ADOPTADO EN SESIÓN N° 26 DEL CONSEJO DIRECTIVO EN PLENO DEL COMITÉ DE DESARROLLO PRODUCTIVO REGIONAL DE LOS RÍOS, QUE MODIFICA REGLAMENTO DEL INSTRUMENTO "FONDO DE DESARROLLO DE FERIAS LIBRES", EN LOS ASPECTOS QUE INDICA

Núm. 8 exenta.- Valdivia, 20 de enero de 2021.

Visto:

  1. La ley N° 6.640, que creó la Corporación de Fomento de la Producción; el DFL N° 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que fija normas por las que se regirá Corfo; el Reglamento General de Corfo, aprobado por decreto N° 360, de 1945, del Ministerio de Economía.

  2. La resolución (A) N° 51, de fecha 7 de mayo de 2015, tomada razón por la Contraloría General de la República el día 5 de junio del mismo año, que aprobó el reglamento del Comité de Desarrollo Productivo de la Región de Los Ríos, en adelante "El Comité" o "CDPR", y sus modificaciones mediante resolución (A) N° 143, de 2015, resolución (A) N° 50, de 2017, resolución (A) N° 174, de 2018, y la resolución (A) N° 63, de 2019, todas de Corfo.

  3. Lo dispuesto en la resolución TRA N° 121498/1/2018, de 2018, del Comité, que aprueba contrato de trabajo y asigna la función de Director Ejecutivo del Comité a don Carlos J. Riquelme Caro, en relación con la resolución exenta RA N° 121498/2/2018, de 2018, del Comité.

  4. Lo establecido en la resolución N° 7, de 2019, y la resolución N° 16, de 2020, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.

    Considerando:

  5. El acuerdo alcanzado por el Consejo Directivo del Comité de Desarrollo Productivo Regional, en Sesión N° 7, de 19 de mayo de 2016, puesto en ejecución mediante resolución (E) N° 38, de 2016, de la Dirección Ejecutiva del Comité, que ejecutó dicho acuerdo y aprobó el reglamento del instrumento "Fondo de Desarrollo de Ferias Libres - Región de Los Ríos".

  6. El Acuerdo N° 2 alcanzado por el Subcomité de Fomento y Mipyme del Comité de Desarrollo Productivo Regional de Los Ríos, en Sesión N° 9, de 29 de junio 2017, que aprobó una primera modificación del instrumento recién referido, y la resolución (E) N° 75, de 2017, del Director Ejecutivo del Comité, que ejecutó dicho Acuerdo y aprobó el nuevo texto de su reglamento.

  7. El Acuerdo N° 1.9, adoptado en la Sesión N° 25, del Consejo Directivo en pleno del CDPR Los Ríos, celebrada el día 2 de...

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