Resolución núm. 798 EXENTA, publicada el 30 de Julio de 2019. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE PADRE LAS CASAS - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 800867277

Resolución núm. 798 EXENTA, publicada el 30 de Julio de 2019. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE PADRE LAS CASAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN TRAMO DE VÍA QUE SE INDICA, PERTENECIENTE A LA COMUNA DE PADRE LAS CASAS

Núm. 798 exenta.- Temuco, 4 de julio de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la ley Nº 18.059; artículos 96, 107 y 113 del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.290 de Tránsito; en el decreto 78, de 2012, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Subsecretaría de Transportes; el decreto supremo Nº 83, de 1985, y sus modificaciones, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, relativo a Redes Viales Básicas; en las resoluciones Nº 39, de 1992, y Nº 59, de 1985, ambas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; la resolución exenta Nº 343, de fecha 16 de diciembre de 1998, de esta Secretaría Regional Ministerial; el ordinario Nº 887, de fecha 17 de junio de 2019, de la Municipalidad de Padre Las Casas, que autoriza el Proyecto de Señalización; el ingreso Nº 2881, de fecha 18 de junio de 2019, presentado por la empresa Claro, Vicuña, Valenzuela S.A. ante esta Secretaría Regional Ministerial; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; y demás normativa vigente que resulte aplicable.

Considerando:

  1. Que, mediante ingreso Nº 2881 de fecha 18 de junio de 2019, la empresa Claro, Vicuña, Valenzuela S.A., solicitó a esta Secretaría Regional Ministerial la prohibición de circulación a todo tipo de vehículos motorizados en ambas calzadas de calle Villa Alegre, en el tramo comprendido entre calles Eusebio Lillo y Sarmiento, de la comuna de Padre Las Casas.

  2. Que, el ordinario Nº 887 de fecha 17 de junio de 2019, de la Municipalidad de Padre Las Casas, aprueba el proyecto de señalización presentado, el cual debe cumplir los requisitos señalados en el citado oficio.

  3. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, mediante resolución exenta Nº 343, de fecha 16 de diciembre de 1998, estableció la Red Vial Básica en la comuna de Padre Las Casas.

  4. Que, esta Secretaría Regional Ministerial, dentro de sus facultades legales, debe disponer todas las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto en el flujo vehicular que significará la prohibición referida en el considerando primero.

  5. Que, según pronunciamiento técnico de la División de Transporte Público Regional (TPR) de esta Secretaría Regional Ministerial:

    1. Por tratarse de un Corte...

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