Resolución núm. 779 EXENTA, publicada el 18 de Junio de 2022. DEJA SIN EFECTO REX. N° 1.533 DE 02.12.2019 (DO 10.12.2019) Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 (PACIENTES PARTICULARES) - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 906530922

Resolución núm. 779 EXENTA, publicada el 18 de Junio de 2022. DEJA SIN EFECTO REX. N° 1.533 DE 02.12.2019 (DO 10.12.2019) Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 (PACIENTES PARTICULARES)

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO REX. N° 1.533 DE 02.12.2019 (DO 10.12.2019) Y ESTABLECE ARANCELES DE MEDICAMENTOS PARA PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 (PACIENTES PARTICULARES)

Núm. 779 exenta.- Santiago, 8 de junio de 2022.

Vistos:

Lo dispuesto en los artículos 146, 159 y 161 del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud; los artículos 1° y 15 de la res. ex. N° 176, de 1999, modificada, entre otras, por la Res. Ex. N° 49 de 09.02.2019, ambas de los Ministerios de Salud y de Hacienda; la facultad del Director del Establecimiento de Autogestión en Red de establecer en forma autónoma un arancel para la atención de personas no beneficiarias de la ley N° 18.469, la cual en ningún caso podrá ser inferior al arancel de prestaciones de salud del Libro II del DFL N° 1/2005 del Ministerio de Salud, establecida en los artículos 36 letra p) del DFL N° 1 de 2005 del Ministerio de Salud que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763/1979 y de las leyes N°s. 18.933 y 18.469 y artículo 24 letra p) del decreto N° 38 de 2005 del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; el artículo 24 de la ley 18.681 que establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal; Dictámenes N° 25.157 de 2014, 65.056 de 2013 y 24.371 de 2009 de la Contraloría General de la República; la resolución exenta N° 1.172 de 2007 del Ministerio de Salud y Ministerio de Hacienda que otorga la calidad de Establecimiento de Autogestión en Red al Instituto Psiquiátrico "Dr. José Horwitz Barak"; la resolución exenta N° 165 de 27.01.2015 del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que establece el orden de subrogación del cargo de Director del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak; la resolución afecta N° 72 de 12.04.2016 del Servicio de Salud Metropolitano Norte, que designa a doña Lilian San Román Figueredo en el cargo de Subdirectora Médica del Instituto Psiquiátrico Dr. José Horwitz Barak en calidad de transitorio y provisional; y la resolución N° 07/2019 de la Contraloría General de la República que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón;

Considerando:

  1. - Que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 146 inc. 1 del DFL N° 1 de 2005 Minsal, las personas que no sean beneficiarias del Régimen podrán requerir y obtener de los organismos a que se refiere el Libro I de esta ley, el otorgamiento...

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