Resolución núm. 777 EXENTA, publicada el 23 de Agosto de 2021. APRUEBA LISTADO OFICIAL DE CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS, SEGÚN ARTÍCULO 6º DEL DS Nº 57, DE 2019, DEL MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 874722317

Resolución núm. 777 EXENTA, publicada el 23 de Agosto de 2021. APRUEBA LISTADO OFICIAL DE CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS, SEGÚN ARTÍCULO 6º DEL DS Nº 57, DE 2019, DEL MINISTERIO DE SALUD

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

APRUEBA LISTADO OFICIAL DE CLASIFICACIÓN DE SUSTANCIAS, SEGÚN ARTÍCULO 6º DEL DS Nº 57, DE 2019, DEL MINISTERIO DE SALUD

Núm. 777 exenta.- Santiago, 16 de agosto de 2021.

Visto:

Estos antecedentes; lo dispuesto en el DFL Nº 725, de 1967, del Ministerio de Salud, Código Sanitario; en los artículos 4 y 7 del DFL Nº1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763, de 1979, y de las leyes Nº 18.933 y 18.469; en el artículo 6 del DS Nº 57, de 2019, del Ministerio de Salud, Reglamento de Clasificación, Etiquetado y Notificación de Sustancias Químicas y Mezclas Peligrosas; en la resolución Nº 7 de 2019 de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, el artículo 6 inciso 1º del DS Nº 57, de 2019, del Ministerio de Salud, dispone que "El Ministerio de Salud aprobará, mediante resolución, un listado oficial de clasificación de sustancias, en adelante "el Listado", que contendrá sus clases y categorías de peligro".

  2. Que, este listado será la referencia mínima para la clasificación de las sustancias, de tal forma de facilitar a los fabricantes e importadores de sustancias, la clasificación correspondiente para la aplicación del DS Nº 57, de 2019, del Ministerio de Salud.

  3. Que, mediante memorando B32 / Nº 288, de 12 de julio de 2021, la jefa de la División de Políticas Públicas Saludables y Promoción, de la Subsecretaría de Salud Pública, adjuntó el referido listado solicitando su aprobación.

  4. Que, en mérito de lo señalado anteriormente y de las facultades que confiere la ley, dicto la siguiente,

Resolución:

Primero : Apruébase el siguiente listado oficial de clasificación de sustancias, según lo dispuesto en el artículo 6º del DS Nº 57 de 2019, del Ministerio de Salud, Reglamento de Clasificación, Etiquetado y Notificación de Sustancias Químicas y Mezclas Peligrosas:

Artículo 1

La tabla con la clasificación de las sustancias considera las siguientes columnas:

. Nombre químico: En su mayoría se designan por su nombre IUPAC, en algunos casos por su nombre ISO o nombre común. Algunas entradas del listado hacen referencia a grupos de sustancias. En estos casos, los requisitos de clasificación y etiquetado se aplicarán a todas las sustancias cubiertas por la descripción. En algunos casos, una sustancia individual puede estar cubierta por más de una entrada colectiva; en tales casos, la clasificación de la sustancia refleja la clasificación de las dos entradas colectivas. Si se dan diferentes clasificaciones para el mismo peligro, se aplicará la clasificación de peligro más grave. Para sales (bajo cualquier denominación) cubren las formas anhidras y las hidratadas, a menos que se diga lo contrario.

. Número CAS: Corresponde al número otorgado por Chemical Abstract Service.

. Clasificación, códigos de clase y categoría de peligro: La clasificación para cada sustancia se basa en los criterios de clasificación establecidos en el Título III, de las características y criterios de peligrosidad para la clasificación de sustancias y mezclas del DS 57/19. Estos códigos y categorías se presentan en forma abreviada y se definen en la Tabla Nº 1.

. Clasificación, códigos de indicación de peligro: Estos códigos se indican según lo establecido en el Párrafo III, De las frases de advertencia e indicaciones de peligro, del Título IV, del etiquetado de seguridad de sustancias y mezclas, del DS 57/2019. En algunos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR