Resolución núm. 767, publicada el 20 de Marzo de 2020. AUTORIZA A ANTARCTIC SEA FISHERIES S.A. PARA OPERAR NAVE EN ÁREA QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 841361955

Resolución núm. 767, publicada el 20 de Marzo de 2020. AUTORIZA A ANTARCTIC SEA FISHERIES S.A. PARA OPERAR NAVE EN ÁREA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

AUTORIZA A ANTARCTIC SEA FISHERIES S.A. PARA OPERAR NAVE EN ÁREA QUE INDICA

Por resolución Nº 767, de 12 de marzo de 2020, de esta Subsecretaría, autorízase a Antarctic Sea Fisheries S.A., para realizar actividades pesqueras con la nave "Antarctic Bay", cuyas características náuticas son las siguientes:

Matrícula :3165

Puerto de origen :Valparaíso

Señal de llamada :CB-9738

Eslora de arqueo :51,00 m

Manga :9,50 m

Puntal :4,35 m

TRG :985,00

Número IMO :9092240

Arte de pesca :Palangre.

La nave individualizada anteriormente podrá operar en el área habilitada de la Subárea estadística 48.3, comprendida en el ámbito de competencia de la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), donde podrá extraer el recurso hidrobiológico Bacalao de profundidad.

La solicitante deberá dar estricto cumplimiento a las obligaciones establecidas en la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el Tratado Antártico y en la Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos (CCRVMA), especialmente las que establezca la Comisión y todas las medidas de conservación actualmente vigentes relativas a la pesquería de Bacalao de profundidad, en el Área estadística 48.3, esto es, las Medidas de Conservación 10-01 (2014), 10-02 (2016), 10-03 (2019), 10-04 (2018), 10-05 (2018), 10-06...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR