Resolución núm. 738 EXENTA, publicada el 10 de Julio de 2017. DA INICIO AL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN CIUDADANA DE VIGILANCIA Y CONTROL ESTABLECIDA EN LA LEY N° 20.850 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 685551325

Resolución núm. 738 EXENTA, publicada el 10 de Julio de 2017. DA INICIO AL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN CIUDADANA DE VIGILANCIA Y CONTROL ESTABLECIDA EN LA LEY N° 20.850

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DA INICIO AL PROCESO DE ELECCIÓN DE LOS INTEGRANTES DE LA COMISIÓN CIUDADANA DE VIGILANCIA Y CONTROL ESTABLECIDA EN LA LEY N° 20.850

Núm. 738 exenta.- Santiago, 29 de junio de 2017.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763/79 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el decreto N° 136, de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; la ley N° 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos; el decreto N° 10, de 2016, del Ministerio de Salud; en la resolución N° 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que el 6 de julio de 2016 se dictó la ley N° 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos.

  2. Que dicha ley entró en vigor con la dictación del decreto N° 87, de 16 de noviembre de 2015, que determinó los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de dicha ley.

  3. Que el decreto N° 10, de 2016, del Ministerio de Salud, aprobó el reglamento sobre la comisión ciudadana de vigilancia y control del sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo establecido en la ley N° 20.850.

  4. Que el artículo 5° del reglamento citado en el considerando anterior establece que el Ministerio de Salud dictará una resolución que da por iniciado el proceso de elección y señalará además, el lugar, día y hora para recibir postulaciones y también para la votación .

  5. Que conforme lo anterior y de acuerdo a las facultades que me otorga la ley, dicto la siguiente:

    Resolución:

  6. Iníciase el proceso de elección de integrantes de la Comisión Ciudadana de Vigilancia y Control de la ley N° 20.850, cuyo calendario es el siguiente:

    Acreditación de participantes De 27 de junio a 3 de julio

    Nominación de postulantes De 4 a 7 de julio

    Publicación de postulantes De 10 a 14 de julio

    Votación De 17 a 20 de julio

    Escrutinio 21 de julio

    Publicación de resultados Día hábil siguiente al de

    escrutinio

  7. Déjase...

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