Resolución núm. 728 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2019. DELEGA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, LA FACULTAD DE SUSCRIBIR BAJO LA FÓRMULA 'POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN', LOS CONVENIOS QUE SE INDICAN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 762533625

Resolución núm. 728 EXENTA, publicada el 06 de Febrero de 2019. DELEGA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, LA FACULTAD DE SUSCRIBIR BAJO LA FÓRMULA 'POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN', LOS CONVENIOS QUE SE INDICAN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

DELEGA EN LOS SECRETARIOS REGIONALES MINISTERIALES DE EDUCACIÓN, LA FACULTAD DE SUSCRIBIR BAJO LA FÓRMULA "POR ORDEN DEL SUBSECRETARIO DE EDUCACIÓN", LOS CONVENIOS QUE SE INDICAN

Núm. 728 exenta.- Santiago, 30 de enero de 2019.

Considerando:

Que, la Ley de Presupuestos Nº 21.125, para el año 2019, dispone en su Partida 09; Capítulo 01; Programa 03; Subtítulo 24, ítem 03; Asignación 385, Glosa 05, el Programa de Educación Intercultural Bilingüe, el cual dispone recursos destinados al reconocimiento, respeto y protección a las culturas e idiomas originarios, mediante convenios con personas naturales y/o jurídicas pertinentes.

Que, en el contexto anterior, el Ministerio de Educación a través del Programa de Educación Intercultural Bilingüe, se encuentra desarrollando políticas tendientes a la implementación del Sector de Lengua Indígena, sustentado en la Ley Indígena Nº 19.253, que en su Título IV, Párrafo primero, artículo 28, señala: "el reconocimiento, respeto y protección de las culturas e idiomas indígenas contemplará: letra b) El establecimiento en el sistema educativo nacional de una unidad programática que posibilite a los educandos acceder a un conocimiento adecuado de las culturas e idiomas indígenas y que los capacite para valorarlas positivamente.".

Que, el decreto con fuerza de ley Nº 2, de 2009, del Ministerio de Educación, estableció como principio inspirador del sistema educativo el de Interculturalidad, reconociendo y valorando al individuo en su especificidad cultural y de origen, considerando su lengua, cosmovisión e historia. Asimismo, consagra el principio de Integración e Inclusión, estableciendo que el sistema propiciará que los establecimientos educativos sean un lugar de encuentro entre los estudiantes de distintas condiciones socioeconómicas, culturales, étnicas, de género, nacionalidad o de religión. Igualmente, consagró la educación intercultural bilingüe, reconociendo la diversidad cultural y de origen en la cual se enseña y transmite la lengua, la cosmovisión e historia de un pueblo.

Que, en el decreto con fuerza de ley antes señalado, se estableció como objetivo general para la educación parvularia, básica y media, para los establecimientos educacionales con alto porcentaje de alumnos indígenas, que éstos desarrollen aprendizajes que les permitan mantener el dominio de su lengua.

Que, conforme a lo señalado precedentemente el Ministerio de Educación estima pertinente y necesario, que los...

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