Resolución núm. 722 EXENTA, publicada el 12 de Enero de 2024. EXTIENDE VIGENCIA DE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE SITUACIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y SEQUÍA EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE SEÑALA Y AMPLÍESE A LAS REGIONES DE ATACAMA, METROPOLITANA, O'HIGGINS, MAULE, ÑUBLE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS, AYSÉN Y MAGALLANES - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 974747022

Resolución núm. 722 EXENTA, publicada el 12 de Enero de 2024. EXTIENDE VIGENCIA DE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE SITUACIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y SEQUÍA EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE SEÑALA Y AMPLÍESE A LAS REGIONES DE ATACAMA, METROPOLITANA, O'HIGGINS, MAULE, ÑUBLE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS, AYSÉN Y MAGALLANES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

EXTIENDE VIGENCIA DE DECLARACIÓN DE EMERGENCIA AGRÍCOLA POR LOS EFECTOS DE DAÑO PRODUCTIVO DERIVADOS DE SITUACIÓN DE DÉFICIT HÍDRICO Y SEQUÍA EN LAS COMUNAS DE LAS REGIONES DE COQUIMBO Y VALPARAÍSO QUE SEÑALA Y AMPLÍESE A LAS REGIONES DE ATACAMA, METROPOLITANA, O'HIGGINS, MAULE, ÑUBLE, BIOBÍO, ARAUCANÍA, LOS RÍOS, LOS LAGOS, AYSÉN Y MAGALLANES

Núm. 722 exenta.- Santiago, 22 de diciembre de 2023.

Vistos:

El DFL Nº 294, de 1960, del Ministerio de Hacienda, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura; la Ley Nº 21.516 y la Ley Nº 21.640 de Presupuestos del Sector Público para el año 2023 y 2024 respectivamente; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575; la resolución exenta Nº 309, de 2021, y 769, de 2022, del Ministerio de Agricultura, donde aprueba el Plan Operativo de Emergencia del Ministerio de Agricultura que establece el procedimiento para definir situación de emergencia agrícola; la resolución exenta Nº 533, de 2023, del Ministerio de Agricultura; el decreto supremo Nº 230, de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; el oficio Nº 1186, de 2023, del Delegado Presidencial de la Región de Coquimbo; el Informe del Instituto de Investigaciones Agropecuarias del mes de diciembre de 2023; Informe Climatológico Diario Nacional, Boletín de tendencias climáticas de la Dirección Meteorológica de Chile, pronóstico trimestral Dirección Meteorológica, coyuntura agroclimática del mes de noviembre y la resolución Nº 7, de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, la Ley de Presupuestos vigente para cada anualidad, ha contemplado en la Partida 13-01-01, subtítulo 24, ítem 01, asignación 369, glosa 05 y/o 09, respectivamente, facultar a esta Secretaría de Estado para financiar situaciones o gastos no previstos causados por fenómenos climáticos y/o catástrofes naturales y/o situaciones de emergencias o de daño productivo que afecten a productores agrícolas y habitantes rurales, situaciones que deberán ser definidas por resolución fundada del Ministro de Agricultura.

  2. Que, observando el procedimiento establecido, en la resolución exenta Nº 533, de 2023, y con cargo a la anualidad presupuestaria 2023, el Ministerio de Agricultura definió a contar del 1 de octubre 2023, como situación de emergencia agrícola la afectación productiva derivada del déficit hídrico y sequía, para las comunas pertenecientes...

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