Resolución núm. 72, publicada el 12 de Agosto de 2022. EJECUTA ACUERDO Nº 371, DE 2022, DEL COMITÉ DE CAPITAL DE RIESGO, ADOPTADO EN SESIÓN Nº 03, DE 13 DE JUNIO DE 2022, QUE MODIFICA ACUERDO Nº 366, DE 2022, QUE MODIFICA ACUERDO Nº 300, DE 2020, QUE APRUEBA LAS NORMAS DEL 'PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO A FONDOS DE INVERSIÓN DE CAPITAL DE RIESGO - FONDO ETAPAS TEMPRANAS (FT)' - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 908611317

Resolución núm. 72, publicada el 12 de Agosto de 2022. EJECUTA ACUERDO Nº 371, DE 2022, DEL COMITÉ DE CAPITAL DE RIESGO, ADOPTADO EN SESIÓN Nº 03, DE 13 DE JUNIO DE 2022, QUE MODIFICA ACUERDO Nº 366, DE 2022, QUE MODIFICA ACUERDO Nº 300, DE 2020, QUE APRUEBA LAS NORMAS DEL 'PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO A FONDOS DE INVERSIÓN DE CAPITAL DE RIESGO - FONDO ETAPAS TEMPRANAS (FT)'

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

EJECUTA ACUERDO Nº 371, DE 2022, DEL COMITÉ DE CAPITAL DE RIESGO, ADOPTADO EN SESIÓN Nº 03, DE 13 DE JUNIO DE 2022, QUE MODIFICA ACUERDO Nº 366, DE 2022, QUE MODIFICA ACUERDO Nº 300, DE 2020, QUE APRUEBA LAS NORMAS DEL "PROGRAMA DE FINANCIAMIENTO A FONDOS DE INVERSIÓN DE CAPITAL DE RIESGO - FONDO ETAPAS TEMPRANAS (FT)"

Núm. 72.- Santiago, 13 de julio de 2022.

Visto:

La Ley Nº 6.640, que crea la Corporación de Fomento de la Producción; el decreto con fuerza de ley Nº 211, de 1960, del Ministerio de Hacienda, que Fija Normas que Regirán a la Corporación de Fomento de la Producción; el Reglamento de la Corporación, aprobado por decreto supremo Nº 360, de 1945, del Ministerio de Economía; la ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 28, de 11 de marzo de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra el cargo de Vicepresidente Ejecutivo de Corto; las facultades que me otorga el literal a) del numeral 6º de la resolución (A) Nº 68, de 2014, del Vicepresidente Ejecutivo de la Corporación, para ejecutar los Acuerdos allí indicados, y lo establecido en las resoluciones Nº 7 y Nº 8, de 2019, ambas de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y determina los montos a partir de los cuales los actos quedarán sujetos a toma de razón y a controles de reemplazo cuando corresponda, respectivamente.

Considerandos:

  1. El Acuerdo de Consejo Nº 2831, de 2014, puesto en ejecución por la resolución (A) Nº 68, de 2014, que fija el nuevo texto refundido del reglamento del "Comité de Capital de Riesgo de la Corporación de Fomento de la Producción".

  2. El Acuerdo Nº 300, adoptado por el Comité de Capital de Riesgo el 1 de junio de 2020, ejecutado por resolución (A) Nº 44, de 2020, que deja sin efecto el Acuerdo Nº 292, de 2019, introduce modificaciones y establece texto refundido de las normas del "Programa de Financiamiento a Fondos de Inversión de Capital de Riesgo - Fondo Etapas Tempranas (FT)".

  3. El Acuerdo Nº 366, adoptado por el Comité de Capital de Riesgo el 16 de febrero de 2022, que modifica el Acuerdo Nº 300, de 2020, que aprueba el texto refundido de las...

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