Resolución núm. 719 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2019. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 818643625

Resolución núm. 719 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2019. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Núm. 719 exenta.- Copiapó, 9 de octubre de 2019.

Vistos:

  1. Las facultades contenidas en el DFL N° 22 de 1959, artículo 26 letras e) y f), y artículos 33 y 34; b) decreto ley N° 3.457, de 1980; c) ley N° 19.175, de 1992, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, artículo 4° letra h); d) resolución N° 1.600, de 5 de noviembre de 2008, que modifica resolución N° 520, del año 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución N° 55, del año 1992, ambas de la Contraloría General de la República; e) decreto N° 287, de 2 de agosto de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; f) Ord. 153, de fecha 16 de enero 2019, Serviu Regional de Atacama, y sus antecedentes.

Considerando:

  1. - Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos Servicios Públicos.

  2. - Dentro de las facultades dadas a este Gobernador, se encuentran las de vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.

  3. - Ord. 153, de fecha 16 de enero 2019, citado en los vistos, Serviu Regional de Atacama solicitó el desalojo de los ocupantes emplazados en predios fiscales, ubicados en Adolfo Pallera N° A-06, Campamento Jaime Sierra Castillo, sector Rosario, comuna de Copiapó. Se acompaña al mencionado Ord. notificación de fecha 9 de noviembre de 2018, solicitando desocupar el inmueble, lo cual a la fecha no ha ocurrido.

  4. - El inmueble antes descrito fue otorgado a Serviu Atacama mediante Ord 1297, de fecha 15 de abril de 2019, emitido por la Secretaría Regional Ministerial de Bienes Nacionales.

  5. - Que, el ocupante ilegal, a la fecha de esta resolución exenta, no ha hecho restitución del inmueble ocupado.

  6. - Que, la ocupación ilegal contraviene abiertamente la legislación vigente, causando graves perjuicios a los intereses fiscales al no poder disponer el Fisco de sus propios bienes inmuebles.

  7. - Que, es de imperiosa necesidad que la autoridad determine una efectiva, inmediata y oportuna solución administrativa al problema legal planteado,

Resuelvo:

  1. Requiérase administrativamente a todo ocupante ilegal bien...

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