Resolución núm. 718 EXENTA, publicada el 05 de Septiembre de 2023. LLAMA A INGRESO DE SOLICITUDES PARA ACOGERSE AL PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA DE SANEAMIENTO DEL DOMINIO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD RAÍZ PARTICULAR DE ACUERDO AL D.L. Nº 2.695/79 PARA INMUEBLES RESPECTO DE LOS CUALES LOS SOLICITANTES CARECEN DE TÍTULO DE DOMINIO INSCRITO A SU NOMBRE, EJERCEN POSESIÓN MATERIAL, Y SE VIERON AFECTADOS POR LOS INCENDIOS OCURRIDOS EN LAS REGIONES DEL ÑUBLE, BIOBÍO Y LA ARAUCANÍA EN FEBRERO DE 2023 - MINISTERIO DE BIENES NACIONALES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 942433344

Resolución núm. 718 EXENTA, publicada el 05 de Septiembre de 2023. LLAMA A INGRESO DE SOLICITUDES PARA ACOGERSE AL PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA DE SANEAMIENTO DEL DOMINIO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD RAÍZ PARTICULAR DE ACUERDO AL D.L. Nº 2.695/79 PARA INMUEBLES RESPECTO DE LOS CUALES LOS SOLICITANTES CARECEN DE TÍTULO DE DOMINIO INSCRITO A SU NOMBRE, EJERCEN POSESIÓN MATERIAL, Y SE VIERON AFECTADOS POR LOS INCENDIOS OCURRIDOS EN LAS REGIONES DEL ÑUBLE, BIOBÍO Y LA ARAUCANÍA EN FEBRERO DE 2023

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE BIENES NACIONALES
Rango de LeyResolución

LLAMA A INGRESO DE SOLICITUDES PARA ACOGERSE AL PROCEDIMIENTO DE EMERGENCIA DE SANEAMIENTO DEL DOMINIO DE LA PEQUEÑA PROPIEDAD RAÍZ PARTICULAR DE ACUERDO AL D.L. Nº 2.695/79 PARA INMUEBLES RESPECTO DE LOS CUALES LOS SOLICITANTES CARECEN DE TÍTULO DE DOMINIO INSCRITO A SU NOMBRE, EJERCEN POSESIÓN MATERIAL, Y SE VIERON AFECTADOS POR LOS INCENDIOS OCURRIDOS EN LAS REGIONES DEL ÑUBLE, BIOBÍO Y LA ARAUCANÍA EN FEBRERO DE 2023

Núm. 718 exenta.- Santiago, 25 de agosto de 2023.

Vistos:

Estos antecedentes; lo informado por la División de Constitución de Propiedad Raíz; lo dispuesto en el decreto ley Nº 3.274 de 1980, Orgánica del Ministerio de Bienes Nacionales, y su Reglamento, contenido en el decreto supremo Nº 386, de 1981, y sus modificaciones; en el decreto ley Nº 2.695 de 1979, y su Reglamento, contenido en el decreto supremo Nº 541 de 1996, del Ministerio de Bienes Nacionales; en el DFL 1-19.653, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 50 de 2 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró estado de excepción constitucional de catástrofe en las regiones de Ñuble y del Biobío; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 51 de 2 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró como zona afectada por catástrofe a las regiones de Ñuble y del Biobío, y dispone medidas que indica; lo dispuesto en el decreto supremo Nº 53 de 4 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró estado de excepción constitucional de catástrofe en la Región de la Araucanía; lo dispuesto en el decreto superemo Nº 54 de 4 de febrero de 2023, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que declaró como zona afectada por catástrofe a la Región de la Araucanía, y dispone medidas que indica; lo dispuesto en la resolución exenta Nº 1.917 de 1996, complementada por resoluciones exentas Nº 940 de 2003, Nº 902 de 2013, Nº 1.517 de 2018, Nº 294 de 2023 y Nº 583 de 2023, todas de la Subsecretaría de Bienes Nacionales; y la resolución Nº 7 de 2019, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. - Que, el ejercicio de la potestad pública de la regularización de la posesión irregular de aquellos poseedores materiales de inmuebles particulares que carecen de un título de dominio o que tienen uno imperfecto, es una modalidad de...

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