Resolución núm. 717 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2019. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA - MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 818643633

Resolución núm. 717 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2019. DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rango de LeyResolución

DECRETA DESALOJO ADMINISTRATIVO DE PROPIEDAD FISCAL QUE SEÑALA, PREVIO REQUERIMIENTO CONTRA PERSONAS QUE INDICA

Núm. 717 exenta.- Copiapó, 7 de octubre de 2019.

Vistos:

  1. Las facultades contenidas en el DFL Nº 22 de 1959, artículo 26 letras e) y f), y artículos 33 y 34; b) decreto ley N° 3.457 de 1980; c) Ley Nº 19.175 de 1992 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, artículo 4º letra h); d) resolución Nº 1.600 de 5 de noviembre de 2008, que modifica resolución Nº 520 del año 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la resolución Nº 55 del año 1992, ambas de la Contraloría General de la República; e) decreto Nº 287 del 2 de agosto de 2019, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; f) Ord. 1518 de fecha 8 de mayo de 2019, Serviu Regional de Atacama y sus antecedentes.

Considerando:

  1. - Que, corresponde a esta autoridad velar por el cumplimiento de las leyes y reglamentos que rigen a los diversos Servicios Públicos.

  2. - Dentro de las facultades dadas a este Gobernador, se encuentran las de vigilar y cuidar la conservación de los bienes del Estado, en particular del respeto al uso para los cuales fueron destinados, e impedir que se ocupen en todo o parte por personas ajenas a su beneficio o ámbito legal, y se restituyan en la medida que la entidad correspondiente lo solicite.

  3. - Ord. 1518 de fecha 8 de mayo de 2019 citado en los vistos, Serviu Regional de Atacama solicitó el desalojo de los ocupantes emplazados en predios Fiscales, ubicados en calle Carlos Villalobos N° 1256, campamento Carlos Villalobos, sector de Pedro León Gallo, comuna de Copiapó. A dicha presentación, se acompañó notificación de fecha 9 de abril de 2019, por medio de la cual se solicitaba el abandono del inmueble, sin que a la fecha este haya ocurrido.

  4. - El inmueble antes descrito, rola inscrito a fojas Nº 527 número 500 del Registro de Propiedad del año 1964, del Conservador de Bienes Raíces de Copiapó.

  5. - Que, el ocupante ilegal a la fecha de esta resolución exenta, no ha hecho restitución del inmueble ocupado.

  6. - Que, la ocupación ilegal contraviene abiertamente la legislación vigente, causando graves perjuicios a los intereses fiscales al no poder disponer el Fisco de sus propios bienes inmuebles.

  7. - Que, es de imperiosa necesidad que la autoridad determine una efectiva, inmediata y oportuna solución administrativa al problema legal planteado.

Resuelvo:

  1. Requiérase administrativamente, a todo ocupante...

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