Resolución núm. 716 EXENTA, publicada el 30 de Noviembre de 2023. DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN EL FUNCIONARIO DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR QUE INDICA - MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 954653041

Resolución núm. 716 EXENTA, publicada el 30 de Noviembre de 2023. DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN EL FUNCIONARIO DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y TURISMO
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD DE FIRMA EN EL FUNCIONARIO DEL SERVICIO NACIONAL DEL CONSUMIDOR QUE INDICA

Núm. 716 exenta.- Santiago, 15 de noviembre de 2023.

Vistos:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1-19.653 de 2000, del Ministerio General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 3 de 2019, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 19.496, que establece normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores; en la Ley Nº 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la resolución exenta N° 357 de 2023, que establece la organización interna y determina las denominaciones y funciones de cada centro de responsabilidad del Servicio Nacional del Consumidor; en el decreto supremo N° 91 de 2022, del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, que nombra a don Andrés Herrera Troncoso como Director Nacional del Servicio Nacional del Consumidor; en las resoluciones Nº 6 y N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, el Servicio Nacional del Consumidor (en adelante, "Sernac" o "Servicio"), por mandato del artículo 57 de la Ley N° 19.496, que Establece Normas sobre Protección de los Derechos de los Consumidores (en adelante "Ley N° 19.496" o "LPDC"), es un servicio público descentralizado territorialmente, con personalidad jurídica y patrimonio propio, sujeto a la supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo.

  2. Que, de acuerdo con el artículo 59 inciso décimo de la Ley N° 19.496, le corresponderá especialmente al Director Nacional del Sernac, en lo pertinente:

    1. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento del Servicio y ejercer las atribuciones propias de su calidad de jefe superior del Servicio.

    2. Delegar atribuciones o facultades específicas en funcionarios de su dependencia, de conformidad a la ley, salvo la materia dispuesta en la letra b) del inciso segundo del artículo 58.

  3. Que, el inciso tercero del artículo 41 del decreto con fuerza de ley N° 1-19.653 de 2000, citado en los Vistos, autoriza la delegación de la facultad de firmar, por orden de la autoridad delegante, en determinados actos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR