Resolución núm. 716 EXENTA, publicada el 17 de Agosto de 2021. RECTIFICA DECRETO N° 29 EXENTO, DE 2021, DEL MINISTERIO DE SALUD
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE SALUD |
Rango de Ley | Resolución |
RECTIFICA DECRETO N° 29 EXENTO, DE 2021, DEL MINISTERIO DE SALUD
Núm. 716 exenta.- Santiago, 6 de agosto de 2021.
Visto:
Lo dispuesto en los artículos 1 y 4 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del decreto ley N° 2.763, de 1979, y de las leyes N°s. 18.933 y 18.469; en el artículo 27 letra o) del decreto supremo N° 136, de 2004, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de dicha Secretaría de Estado; en la resolución N° 7, de 2019, de Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón y;
Considerando:
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- Que, con fecha 27 de abril de 2021, el Ministerio de Salud dictó el decreto exento N° 29, que modifica el decreto N° 500 exento y el decreto N° 27 exento, ambos de 2012, del Ministerio de Salud.
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- Que, en la lista de principios activos no nuevos (maduros) de larga experiencia de uso, contenida en el artículo primero se detectó un manifiesto error de escritura en la columna referida a la "forma farmacéutica sólida, administración oral, tipo de liberación del principio activo", referido a la flucloxacilina.
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- Que, la Subsecretaria de Salud Pública, conforme al artículo 27 del decreto supremo N° 136 de 2004, del Ministerio de Salud, tiene la facultad de "o) Corregir errores manifiestos de escritura y numéricos en los decretos ya firmados por el Presidente de la República y por el Ministro de Salud o por éste, en su caso.
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- Que, para mayor certeza acerca del documento modificado se procede a rectificarlo.
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- Que, por lo anteriormente señalado y en uso de las facultades que confiere la ley, dicto la siguiente:
Resolución:
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- Rectifíquese el decreto exento N° 29 de 2021, del Ministerio de Salud, que modifica el decreto N° 500 exento y el decreto N° 27 exento, ambos de 2012, del Ministerio de Salud, respecto del principio activo flucloxacilina, contenida en la tabla inserta en el artículo primero, por lo siguiente:
Flucloxacilina Convencional
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- Publíquese la versión rectificada decreto exento N° 29, que modifica el decreto N° 500 exento y el decreto N° 27 exento, ambos de 2012, del Ministerio de Salud, en el Diario Oficial y en el sitio web www.minsal.cl, a contar de la total tramitación de esta última.
Anótese, comuníquese y publíquese.- Paula Daza Narbona, Subsecretaria de Salud Pública.
Transcribo para su conocimiento Res. Exenta N° 716 - 6 de agosto 2021.- Por orden de la Subsecretaria de Salud...
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