Resolución núm. 710 EXENTA, publicada el 30 de Octubre de 2021. DEJA CONSTANCIA DE LA SEXTA RENOVACIÓN PARCIAL DEL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES - CHILEVALORA - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 877555271

Resolución núm. 710 EXENTA, publicada el 30 de Octubre de 2021. DEJA CONSTANCIA DE LA SEXTA RENOVACIÓN PARCIAL DEL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES - CHILEVALORA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DEJA CONSTANCIA DE LA SEXTA RENOVACIÓN PARCIAL DEL DIRECTORIO DE LA COMISIÓN DEL SISTEMA NACIONAL DE CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES - CHILEVALORA

Núm. 710 exenta.- Santiago, 25 de octubre de 2021.

Visto:

Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley N° 1/19.653, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el decreto con fuerza de ley N° 1, de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que establece Reestructuración y Funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en la ley N° 20.267, que crea el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales y Perfecciona el Estatuto de Capacitación y Empleo, y su Reglamento, contenido en el decreto supremo N° 137, de 2008, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social; en la resolución exenta N° 1.864, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, que ordena la constitución de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales; en el decreto supremo N° 87, de 7 de abril de 2021, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que nombra Ministro del Trabajo y Previsión Social; en la resolución N° 6, de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de Toma de Razón, de las materias de personal que se indican.

Considerando:

  1. Que mediante resolución exenta N° 1.864, de 2009, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, se constituyó el órgano colegiado de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales-ChileValora.

  2. Que, el artículo 5 de la ley N° 20.267, establece que "La Comisión estará integrada por nueve miembros que tengan reconocida calidad técnica en el ámbito de las competencias laborales, los que serán designados de conformidad a lo establecido en el reglamento, de la siguiente forma:

    1. Un miembro designado por el Ministro del Trabajo y Previsión Social.

    2. Un miembro designado por el Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.

    3. Un miembro designado por el Ministro de Educación.

    4. Tres miembros designados por las organizaciones de empleadores de mayor representatividad del país entre los representantes de los sectores productivos participantes del Sistema.

    5. Tres miembros designados por las centrales de trabajadores de mayor representatividad del país (...).

    Los miembros de la Comisión durarán cuatro años en sus cargos, pudiendo ser...

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