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Resolución núm. 71, publicada el 14 de Enero de 2017. DESIGNA REPRESENTANTES QUE INDICA EN COMITÉ TÉCNICO PÚBLICO-PRIVADO DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rango de LeyResolución

DESIGNA REPRESENTANTES QUE INDICA EN COMITÉ TÉCNICO PÚBLICO-PRIVADO DE EXPORTACIÓN DE SERVICIOS

Núm. 71.- Santiago, 16 de noviembre de 2016.

Vistos:

La Ley Nº 18.575, de 1986, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; los artículos 2º, 3º y 6º del DFL del Ministerio de Relaciones Exteriores Nº 53, de 1979; el decreto supremo N° 871, de 2016, del Ministerio de Hacienda, que crea al Comité Técnico Público-Privado de Exportación de Servicios; el decreto exento N° 1.618, de 2012, del Ministerio de Relaciones Exteriores; el oficio ord. N° 2.251, de 2016, de la Subsecretaría de Hacienda; la resolución afecta N° 54, de 2016, de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales, representada por la Contraloría General de la República mediante oficio N° 080701, de 2016; la resolución de la Contraloría General de la República Nº 1.600, de 2008, y el dictamen N° 84.990, de 2014, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que, por decreto supremo N° 871, de 5 de julio de 2016, del Ministerio de Hacienda, se creó el Comité Técnico Público-Privado de Exportación de Servicios, instancia asesora cuyo objetivo principal es emitir opiniones, propuestas o sugerencias para la toma de decisiones y el seguimiento de las políticas públicas, planes o medidas asociadas a las exportación de servicios para los organismos que se relacionan con esta actividad económica.

  2. Que el artículo 2° del referido decreto, en su literal A) establece los representantes de los organismos públicos que participarán de manera permanente en el Comité, dentro de los cuales está la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales (Direcon) y su Dirección de Promoción de Exportaciones (ProChile).

  3. Que, asimismo, el precitado literal A) dispone que dichos organismos deberán comunicar a la Subsecretaría de Hacienda la nominación de los correspondientes representantes.

  4. Que la Contraloría General de la República, mediante dictamen N° 84.990, de 2014, señaló, en lo pertinente, que todas aquellas personas que compongan un ente colegiado integrante de la Administración del Estado deben contar con un nombramiento de la autoridad respectiva cuando así lo exija la ley, en cuyo caso el acto pertinente estará sometido al trámite de toma de razón.

  5. Que es necesario dictar el acto administrativo correspondiente.

Resuelvo:

  1. Desígnense a los representantes titulares y alternos de la Dirección General de Relaciones Económicas...

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