Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 30 de Enero de 2021. DEJA SIN EFECTO RES. N° 1.514 EXENTA, DE 29.11.2019 (D.O. 10.12.2019) Y ESTABLECE ARANCELES PARA ATENCIÓN DE PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469 - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 856672662

Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 30 de Enero de 2021. DEJA SIN EFECTO RES. N° 1.514 EXENTA, DE 29.11.2019 (D.O. 10.12.2019) Y ESTABLECE ARANCELES PARA ATENCIÓN DE PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DEJA SIN EFECTO RES. N° 1.514 EXENTA, DE 29.11.2019 (D.O. 10.12.2019) Y ESTABLECE ARANCELES PARA ATENCIÓN DE PACIENTES NO BENEFICIARIOS DE LA LEY N° 18.469

Núm. 77 exenta.- Santiago, 19 de enero de 2021.

Vistos y considerando:

La facultad del Director del Establecimiento de Autogestión en Red de establecer en forma autónoma un arancel para la atención de personas no beneficiarias de la ley Nº 18.469 la cual en ningún caso podrá ser inferior al arancel de prestaciones de salud del Libro II del DFL Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud, establecida en los artículos 36 letra p) del DFL Nº 1 de 2005 del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL Nº 2.763/1979 y de las leyes Nos 18.933 y 18.469 y 24 letra p) del decreto Nº 38 de 2005, del Ministerio de Salud, Reglamento Orgánico de los Establecimientos de Salud de Menor Complejidad y de los Establecimientos de Autogestión en Red; el artículo 159 del DFL Nº 1 de 2005, del Ministerio de Salud; el artículo 28 de la ley Nº 18.469, que regula el ejercicio del derecho constitucional a la protección de la salud y crea un régimen de prestaciones de salud; el artículo 24 de la ley 18.681, que establece normas complementarias de administración financiera, de incidencia presupuestaria y personal; la resolución exenta Nº 49 de 22.01.2019 del Ministerio de Salud (D.O. 09.02.2019) que modifica la resolución exenta Nº 176 de 18.01.1999 (D.O. 08.02.1999) que aprobó Arancel del régimen de prestaciones de salud del Libro II DFL 1/2005 del Ministerio de Salud, modificada por resoluciones exentas N os 23/2018 (D.O. 27/01/2018), 1.563/2016 (D.O. 04.01.2017), 16/2016 (D.O. 06.02.2016), 70/2015 (D.O. 14.02.2015), 140/2014 (D.O. 15.03.2014), 331/2013 (D.O. 20.07.2013), 811/2012 (D.O. 26.01.2013), 1.261/2011 (D.O. 31.01.2012), 950/2000 (D.O. 15.05.2000), 30/2001 (D.O. 25.01.2001), 43/2003 (D.O. 01.02.2003), 365/2004 (D.O. 04.02.2004), 50/2005 (D.O. 12.02.2005), 133/2006 (D.O. 10.03.2006), 146/2007 (D.O. 31.03.2007), 249/2008 (D.O. 07.05.2008), 48/2009 (07.02.2009), 330/2009 (D.O. 05.06.2009), 39/2010 (D.O. 04.02.2010), 249/2011 (D.O. 07.05.2011), 490/2011 (27.08.2011), todas de los Ministerios de Salud y Hacienda, con el objeto de reajustar el valor de las prestaciones que figuran en dicho arancel; el correo electrónico de fecha 23.11.2019 de Jefa de Finanzas del Instituto actualizando los valores de los aranceles para pacientes no beneficiarios de la ley 18.469 para su...

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