Resolución núm. 7 EXENTA, publicada el 11 de Febrero de 2016. DESIGNA SUJETOS PASIVOS CONFORME LO DISPUESTO EN EL ART. 3º INCISO 2º DE LA LEY Nº 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS Y REVOCA RESOLUCIÓN SII Nº 39 EXENTA, DE 2015
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE HACIENDA |
Rango de Ley | Resolución |
DESIGNA SUJETOS PASIVOS CONFORME LO DISPUESTO EN EL ART. 3º INCISO 2º DE LA LEY Nº 20.730, QUE REGULA EL LOBBY Y LAS GESTIONES QUE REPRESENTEN INTERESES PARTICULARES ANTE LAS AUTORIDADES Y FUNCIONARIOS Y REVOCA RESOLUCIÓN SII Nº 39 EXENTA, DE 2015
Núm. 7 exenta.- Santiago, 5 de febrero de 2016.
Vistos:
Lo dispuesto en el artículo 7º, letras c), i) y q) de la Ley Orgánica del Servicio de Impuestos Internos, contenida en el Artículo Primero del DFL Nº 7, de 1980, del Ministerio de Hacienda; en el artículo 31 inciso 2º, de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en el artículo 61 de la Ley Nº 19.880 que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; las necesidades del Servicio, y;
Considerando:
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- Que, el inciso segundo del artículo 3º de la ley Nº 20.730 establece que "el jefe superior del Servicio respectivo individualizará a las personas que en razón de su función o cargo tengan atribuciones decisorias relevantes o influyan decisivamente en quienes tengan dichas atribuciones, y reciban por ello regularmente una remuneración". Agregando que las individualizará anualmente, mediante una resolución que deberá publicarse de forma permanente en los sitios electrónicos indicados en el artículo 9º de la ley. Este artículo se remite a los sitios electrónicos a que hace referencia el artículo 7º de la ley 20.285, sobre Acceso a la Información Pública.
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- Que, el decreto supremo Nº 71, de 2014, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Reglamento de la Ley Nº 20.730, señala en su artículo 5º, que mediante resolución fundada, que se dictará el primer día hábil del mes de mayo de ese año, se individualizarán en una nómina como sujetos pasivos de lobby o gestión de intereses particulares las autoridades o funcionarios que en razón de su función o cargo cumplan con la condición establecida en la ley Nº 20.730 inciso segundo del artículo 3º, y que tal nómina deberá encontrarse permanentemente a disposición del público, mensualmente actualizada y publicada en el sitio electrónico del Servicio correspondiente.
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- Que, según dispone el inciso final del artículo segundo transitorio de la ley Nº 20.730, respecto de los sujetos pasivos que se individualizan en la...
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