Resolución núm. 692 EXENTA, publicada el 12 de Febrero de 2019. ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE ANIMALES DEL ORDEN RODENTIA DESTINADOS A ZOOLÓGICOS, FINES COMERCIALES Y ANIMALES DE COMPAÑÍA, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 2.875, DE 2007 - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 764290577

Resolución núm. 692 EXENTA, publicada el 12 de Febrero de 2019. ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE ANIMALES DEL ORDEN RODENTIA DESTINADOS A ZOOLÓGICOS, FINES COMERCIALES Y ANIMALES DE COMPAÑÍA, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 2.875, DE 2007

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

ESTABLECE EXIGENCIAS SANITARIAS PARA LA INTERNACIÓN A CHILE DE ANIMALES DEL ORDEN RODENTIA DESTINADOS A ZOOLÓGICOS, FINES COMERCIALES Y ANIMALES DE COMPAÑÍA, Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 2.875, DE 2007

Núm. 692 exenta.- Santiago, 30 de enero de 2019.

Vistos:

Lo dispuesto en la Ley Nº 18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; la ley Nº 18.164, que introduce modificaciones a la legislación aduanera; Ley de Caza, cuyo texto fue sustituido por la ley Nº 19.473; la ley Nº 20.962, que aplica Convención sobre Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Flora y Fauna Silvestre (Cites); decreto con fuerza de ley RRA Nº 16 de 1963, del Ministerio de Hacienda, sobre Sanidad y Protección Animal; decreto Nº 16 de 1995, del Ministerio de Relaciones Exteriores que promulga el "Acuerdo de Marrakech", por el que se establece la Organización Mundial del Comercio y los Acuerdos Anexos, entre ellos el de Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias; decreto supremo Nº 5, de 1998, que aprueba el reglamento de la Ley de Caza; el decreto Nº 106 de 2016, del Ministerio de Agricultura; resolución exenta Nº 7.364 de 2016, que Establece Exigencias Sanitarias Generales para la Internación a Chile de Animales, y deroga resolución Nº 1.254, de 1991 y resolución exenta Nº 2.875 de 2007, que fija exigencias sanitarias para la internación de cobayos a Chile, ambas del Servicio; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Considerando:

  1. Que el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo público garante de la sanidad animal.

  2. Que es función del SAG regular la internación de animales sin ánimo comercial a fin de adoptar las medidas tendientes a evitar la introducción al país de enfermedades de los animales, determinando las acciones de prevención que se requieran con este objetivo.

  3. Que la globalización y el comercio internacional han implicado una rápida expansión del mercado de animales de zoológicos, silvestres y exóticos con los consecuentes riesgos sanitarios asociados al intercambio y los riesgos de perturbar el equilibrio ecológico y la conservación del patrimonio ambiental.

  4. Que no se cuenta con medidas sanitarias específicas para la internación de animales de exhibición en zoológicos o comerciales pertenecientes al Orden Rodentia.

  5. Que el artículo 25 de la Ley de Caza, establece que la introducción en el territorio nacional de ejemplares vivos de especies exóticas de fauna...

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