Resolución núm. 69 EXENTA, publicada el 13 de Marzo de 2020. FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO |
Rango de Ley | Resolución |
FORMALIZA RENUNCIA DE INTEGRANTE DEL CONSEJO REGIONAL DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y EL PATRIMONIO REGIÓN DE AYSÉN DEL GENERAL CARLOS IBÁÑEZ DEL CAMPO QUE INDICA
Núm. 69 exenta.- Coyhaique, 14 de febrero de 2020.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de la Administración del Estado; en la ley Nº 21.045, que crea el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; en el decreto supremo Nº 8, de 2018, del Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio; y en la resolución Nº 6, de 2019, de Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón; en la resolución exenta Nº 24, de 2018, que delega facultades en Secretarios Regionales Ministeriales; decreto exento Nº 60, del 14-02-2019, que establece el orden de subrogación; decreto C.T.R. Nº 006, de 2018, de la Ministra de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, que nombra Secretaria Regional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.
Considerando:
Que la ley Nº 21.045 creó el Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio como la Secretaría de Estado que tiene por objeto colaborar con el Presidente de la República en el diseño, formulación e implementación de políticas, planes y programas para contribuir al desarrollo cultural y patrimonial armónico y equitativo del país en toda su diversidad geográfica y las realidades e identidades regionales y locales, conforme a los principios contemplados en la ley.
Que el artículo 16 de la ley, crea el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio, a quien le corresponde ejecutar las facultades y atribuciones descritas en el artículo 17 de la ley.
Que a su vez, el artículo 18 de la ley antes mencionada, dispone que el Consejo Nacional de las Culturas, las Artes y el Patrimonio se desconcentrará territorialmente a través de los Consejos Regionales, los que tendrán su domicilio en la respectiva capital regional o en alguna capital provincial.
Que el artículo 19 de la ley 21.045, señala también la composición de dichos Consejos Regionales, indicando en su numeral 9 que lo integrará, entre otros, un...
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