Resolución núm. 682 EXENTA, publicada el 04 de Noviembre de 2015. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA QUE INDICA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS EN VÍA QUE INDICA
Núm. 682 exenta.- Copiapó, 26 de octubre de 2015.
Visto:
Los artículos 107 y 113 del DFL Nº 1 de 2007, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y Justicia; las resoluciones Nº 59 de 1985 y 39 de 1992, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; oficios Ord. Nº 2.300, de 14 de octubre de 2015, y Nº 2.389, de 21 de octubre de 2015, ambos del Director del SERVIU de la Región de Atacama; la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y la demás normativa vigente que resulte aplicable.
Considerando:
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Que mediante oficios Ord. Nº 2.300 y 2.389, citados en el Visto, el Director del SERVIU de la Región de Atacama ha informado a esta autoridad que en el contexto del Programa de Reparación de Vías Urbanas 2015, a ejecutar en la comuna de Copiapó, se iniciarán trabajos de reposición de carpeta en calle Rodríguez, en el tramo comprendido entre calles Henríquez y Yumbel, lo cual requiere el cierre total de la vía en dicho tramo. Agrega además, que los trabajos se desarrollarán a partir del 2 de noviembre de 2015, y que su duración se estima en 90 días corridos.
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Que, los aludidos trabajos forman parte de la reparación de las vías públicas que se debe realizar como consecuencia del aluvión que afectó la ciudad de Copiapó en marzo del año en curso, lo que constituye un hecho de público conocimiento. En tal sentido, esta Secretaría Regional, en el marco de sus facultades legales, debe disponer de todas las medidas de gestión de tránsito necesarias con el objetivo de disminuir el impacto de dichas obras, propendiendo asimismo a la seguridad de los conductores que utilizan las referidas vías.
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Que, en consecuencia, existe una causa justificada en los términos del artículo 113, del DFL Nº 1, de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito, para disponer la medida que se establece en la parte resolutiva del presente acto administrativo,
Resuelvo:
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Prohíbase la circulación de todo tipo de vehículos motorizados por calle Rodríguez, de la comuna de Copiapó, en las condiciones que a continuación se indica:
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Tramos : Entre Av. Henríquez y calle Yumbel.
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