Resolución núm. 6818 EXENTA, publicada el 22 de Noviembre de 2023. AJUSTA REQUISITOS DE CORONAVIRUS (COVID-19), EN RAZÓN DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ENFERMEDAD A NIVEL MUNDIAL Y NACIONAL, Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 2.170/2021 EXENTA - MINISTERIO DE AGRICULTURA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 953680794

Resolución núm. 6818 EXENTA, publicada el 22 de Noviembre de 2023. AJUSTA REQUISITOS DE CORONAVIRUS (COVID-19), EN RAZÓN DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ENFERMEDAD A NIVEL MUNDIAL Y NACIONAL, Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 2.170/2021 EXENTA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE AGRICULTURA
Rango de LeyResolución

AJUSTA REQUISITOS DE CORONAVIRUS (COVID-19), EN RAZÓN DE LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA ENFERMEDAD A NIVEL MUNDIAL Y NACIONAL, Y DEROGA RESOLUCIÓN N° 2.170/2021 EXENTA

Núm. 6.818 exenta.- Santiago, 3 de noviembre de 2023.

Vistos:

La Ley N° 18.575, de Bases Generales de la Administración del Estado; la ley Nº 18.755, que establece normas sobre el Servicio Agrícola y Ganadero; la ley N° 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo N° 17, de 2023, del Ministerio de Agricultura, que nombra al Director Nacional del Servicio Agrícola y Ganadero; la resolución N° 7 de 2019, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón; la resolución exenta N° 2.592 de 2003, que establece requisitos para la inspección y certificación sanitaria de exportación de productos y subproductos comestibles de origen animal; la resolución N° 1.045 de 2013, que establece exigencias específicas de los programas de prerrequisitos y HACCP para la implementación del sistema de aseguramiento de la calidad y deroga resolución N° 4.577, de 2012; la resolución exenta N° 1.722, de 2017, que actualiza el sistema nacional de inscripción, mantención y habilitación de establecimientos exportadores de productos pecuarios para consumo humano y deroga resolución N° 7.078, de 2011.

Considerando:

  1. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo oficial responsable de verificar el cumplimiento de las condiciones de los establecimientos para obtener la habilitación a los distintos mercados/país de destino.

  2. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero es el organismo oficial competente para certificar la aptitud para consumo humano de los productos agropecuarios destinados a la exportación.

  3. Que, el Servicio Agrícola y Ganadero debe otorgar la certificación correspondiente cuando la inspección oficial determina que los productos de origen pecuario para consumo humano son inocuos y cumplen con los requisitos que exige el mercado/país de destino.

  4. Que, durante el período declarado como epidemia mundial y alerta sanitaria nacional por COVID-19, los establecimientos implementaron las medidas de prevención y control de acuerdo con los estándares internacionales como COVID-19 e inocuidad de los alimentos: orientaciones para las empresas alimentarias desarrolladas conjuntamente por la FAO y la OMS, realizaron pruebas periódicas de COVID-19 para el...

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