Resolución núm. 667 EXENTA, publicada el 10 de Agosto de 2021. DA INICIO A LA EVALUACIÓN CIENTÍFICA BASADA EN LA EVIDENCIA DISPONIBLE PARA LOS DIAGNÓSTICOS O TRATAMIENTOS ASOCIADOS A CONDICIONES ESPECÍFICAS DE SALUD CUYA INCORPORACIÓN EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN FINANCIERA CREADO POR LA LEY N° 20.850 HA SIDO SOLICITADA - MINISTERIO DE SALUD - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 874187728

Resolución núm. 667 EXENTA, publicada el 10 de Agosto de 2021. DA INICIO A LA EVALUACIÓN CIENTÍFICA BASADA EN LA EVIDENCIA DISPONIBLE PARA LOS DIAGNÓSTICOS O TRATAMIENTOS ASOCIADOS A CONDICIONES ESPECÍFICAS DE SALUD CUYA INCORPORACIÓN EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN FINANCIERA CREADO POR LA LEY N° 20.850 HA SIDO SOLICITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyResolución

DA INICIO A LA EVALUACIÓN CIENTÍFICA BASADA EN LA EVIDENCIA DISPONIBLE PARA LOS DIAGNÓSTICOS O TRATAMIENTOS ASOCIADOS A CONDICIONES ESPECÍFICAS DE SALUD CUYA INCORPORACIÓN EN EL SISTEMA DE PROTECCIÓN FINANCIERA CREADO POR LA LEY N° 20.850 HA SIDO SOLICITADA

Núm. 667 exenta.- Santiago, 19 de julio de 2021.

Vistos:

Lo dispuesto en el DFL N° 1, de 2005, del Ministerio de Salud, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 2.763/79 y de las leyes N° 18.933 y N° 18.469; en el decreto N° 136, de 2005, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento Orgánico del Ministerio de Salud; la ley N° 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos; el decreto N° 13, de 2017, del Ministerio de Salud; en la resolución N° 7, de 2019, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. Que, el 6 de julio de 2015 se dictó la ley N° 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo y rinde homenaje póstumo a don Luis Ricarte Soto Gallegos.

  2. Que, dicha ley entró en vigor con la dictación del decreto N° 87, de 16 de noviembre de 2015, que determinó los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera de dicha ley.

  3. Que, el decreto N° 13, de 2017, del Ministerio de Salud, aprobó el reglamento que establece el proceso destinado a determinar los diagnósticos y tratamientos de alto costo con sistema de protección financiera, según lo establecido en los artículos y de la ley N° 20.850.

  4. Que, el artículo 3° de dicho reglamento establece que toda persona podrá presentar ante el Ministerio de Salud, en cualquier momento, una solicitud de evaluación de alguna tecnología sanitaria con la finalidad que sea incorporada al Sistema de Protección Financiera para Diagnósticos y Tratamientos de Alto Costo, regulado en la ley.

  5. Que, el artículo 5° del mismo cuerpo normativo señala que las solicitudes de evaluación presentadas al Ministerio de Salud, no serán vinculantes para éste.

  6. Que, la Subsecretaría de Salud Pública ha tomado especialmente en cuenta las opiniones y recomendaciones de diagnósticos o tratamientos a evaluar, que han realizado sus comisiones técnicas asesoras y las agrupaciones de pacientes registradas de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 30 de la ley y al decreto supremo N° 91, de 2015, del Ministerio de Salud, que aprueba el...

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